martes 9 febrero 2010

18/11/2008

   El Plural / Política

  POLÍTICA

El Supremo archiva la demanda de Rajoy y Mayor Oreja contra Arzalluz

Confirmados los intereses del primer ministro del Interior de Aznar en empresas de seguridad privada

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El Tribunal Supremo archivó este lunes una demanda interpuesta por Mariano Rajoy y Jaime Mayor Oreja contra el ex presidente del PNV Xabier Arzalluz (en la foto), a quien acusaban de un delito de intromisión en el honor. La causa se extiende desde que en 2003 Arzalluz hizo unas declaraciones referentes a los intereses de la familia Mayor Oreja en empresas de seguridad privada, y la denuncia había sido ya desestimada por el juzgado número 5 de Vitoria y por la Audiencia Provincial de Álava.

El Supremo ha ordenado el archivo definitivo de la demanda contra Xabier Arzalluz que en 2003 interpusieron Mariano Rajoy (entonces ministro de Interior) y Jaime Mayor Oreja, anterior ministro también de Interior. La denuncia se basaba en unas declaraciones del dirigente nacionalista durante un debate sobre la necesidad de ampliar el número de ertzainas. “No quiero pensar que Rajoy esté anunciando un principio de privatización de la policía, al acudir a compañías privadas, ¿no? En las que, por cierto, la familia Mayor Oreja tiene amplios intereses”, afirmó entonces Arzalluz.

Miembros de la familia
Como ya había sucedido a su paso por el juzgado número 5 de Vitoria y por la Audiencia Provincial de Álava, el Supremo no ha visto indicios de delito en esta frase. La magistrada Encarnación Roca, ponente de la Sentencia, señaló que “en el curso del procedimiento se consideró probado que los demandantes, miembros de la familia Mayor Oreja, habían pertenecido como apoderados, administradores o accionistas, a diversas compañías de seguridad privada y que en el momento de presentarse la demanda aún seguían ostentando cargos en las mismas u otras empresas”.

Palabras "veraces"
Según la sentencia, las palabras de Arzalluz fueron “veraces” y no vejatorias ni insultantes, por lo que no violan el derecho al honor. Además, fueron pronunciadas “en el ejercicio de la libertad de expresión” durante un debate político, enmarcadas en el tema que se estaba tratando, y constituían un asunto de interés público.

Pruebas no imputadas
La sentencia también hace hincapié en que el requisito de la veracidad se cumplió “como demuestra la amplia prueba documental aportada [por Arzalluz] en la contestación de la demanda”. El ex dirigente del PNV entregó numerosos documentos públicos que demostraban la participación de la familia de Mayor Oreja en empresas de seguridad privada, documentos que los demandantes no impugnaron.

Condena a costas
Tal y como ya resolvió en julio de 2003 la Audiencia Provincial de Álava, el Supremo ha confirmado que Rajoy y Mayor Oreja tendrán que pagar las costas de este largo proceso.

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