Desde que la máquina del procés se puso en marcha con el objetivo de celebrar el referéndum independentista de 1-O, la situación en Cataluña nunca ha dejado de ser tensa, pero, en las últimas horas, la confrontación ha aumentado con tintes de violencia por parte de los CDR.

Después de que los denominados Comités de Defensa de la República (CDR) cortasen la autopista AP-7, a la altura de L'Ampolla (Tarragona), durante 15 horas y tras la propuesta del president de la Generalitat, Quim Torra, de seguir la vía eslovena para conseguir la independencia de Cataluña; las voces que exigen nuevamente la aplicación del artículo 155 se han multiplicado.

Así, el presidente del PP, Pablo Casado, ha reclamado al Gobierno de Pedro Sánchez que active por segunda vez el artículo 155 de la Constitución en Cataluña, pues considera que la propuesta de Torra supone un empuje a una guerra civil y, por tanto, estaría justificado que se aplicase dicho artículo.

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"Las declaraciones belicistas de Torra apostando por la violenta ‘vía eslovena’ justifican la aplicación inmediata del artículo 155 que llevamos reclamando meses al Gobierno", ha dicho Casado este lunes.

Al PP, se ha unido Ciudadanos; mientras que el Gobierno adelanta que hará todo lo que esté en sus manos para garantizar la convivencia.

La clave está en saber qué dice exactamente el artículo 155, qué supone y; sobre todo cuándo se puede aplicar. Entender en qué momento está verdaderamente justificada su implantación.

El artículo 155 ¿Cuándo puede aplicarse?

De aplicarse, sería la segunda vez con motivo del conflicto catalán. Ya lo hizo el Gobierno de Mariano Rajoy, después de que la por entonces ministra de Defensa, María Dolores de Cospedal, amenazase con utilizar el Ejército contra Cataluña. El mismo Ejecutivo, el de Rajoy, lo levantó meses después.

Mariano Rajoy es aplaudido a su llegada al pleno extraordinario del Senado que aprobó el 155.
Mariano Rajoy es aplaudido a su llegada al pleno extraordinario del Senado que aprobó el 155.

Este artículo, incluido dentro del Título VIII, reza lo siguiente:

“Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución y otras leyes le impontan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general”.

“Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas”.

Es decir, en el caso de que una Comunidad y sus autoridades violen la Constitución u otras leyes, el Gobierno central puede suspender la autonomía de dicha comunidad. Todas las instituciones, ministerios, Gobierno y otros altos mandos pasaron a estar bajo el mandato del Ejecutivo de Rajoy.

José María Gil-Robles - expresidente del Parlamento Europeo por el PP y ex letrado de las Cortes - estudió a fondo el mencionado artículo en su obra El control extraordinario de las Comunidades Autónomas: artículo 155 (1999).

En teoría, siguiendo los estudios de Robles, se restringe a cualquier acto imputable a los gobiernos autonómicos no recurribles ante el Tribunal Constitucional. Es decir, si la Comunidad no cumpliera las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, podría ser el momento de actuar. O bien, cuando se “atente gravemente” contra el interés general de España.

Sin embargo, el propio Robles asegura que hay una interpretación equívoca al entender que su aplicación supone la suspensión de la autonomía de una Comunidad – en este caso Cataluña -.

Según Gil-Robles la finalidad del artículo “no es privar de su competencia a la Comunidad Autónoma”, sino pedirle que la utilice “de acuerdo a la Constitución y a las leyes”. En ningún momento se habla de suspensión de la autonomía ni, por supuesto, ampara la disolución de órganos autonómicos. De hecho, ni siquiera deja una puerta abierta a semejantes acciones en la redacción del artículo.

¿Cuál es su origen y cómo se ha acabado entendiendo?

Hay que recordar que el 21 de octubre de 2017 fue la primera vez en la historia de la democracia que se dio uso al artículo 155. Nunca antes se había llegado a desplegar en ninguna comunidad autónoma.

Por ello, a la hora de aplicarlo, surgieron las dudas y los debates y, con ello, las lecturas equívocas que se alejaban de su verdadero objetivo a la hora de ser redactado.

Este artículo se inspira en el artículo 37 de la Ley Fundamental de Bonn de Alemania, que también contempla adoptar medidas para el cumplimiento forzoso de las obligaciones. No obstante, existe una diferencia entre el español y el alemán, pues para llevar a cabo el primero debe existir un conflicto que atente gravemente contra el interés general del país.

¿Cuál es el mecanismo?

Una vez se decidiera a poner en práctica este artículo, el Gobierno tendría que enviar un “requerimiento” al presidente de la Comunidad Autónoma en cuestión para que cumpla con sus obligaciones.

Si el requerimiento no es atendido, el Gobierno podrá adoptar las medidas necesarias para imponer a la comunidad al “cumplimiento forzoso” de dichas obligaciones. No obstante, antes de eso, el Gobierno deberá contar con la aprobación de estas “por mayoría absoluta del Senado”, algo que a día de hoy tiene el Partido Popular en la Cámara Alta.