Tras intensos meses de negociaciones, finalmente, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha conseguido sacar adelante la reforma sobre el sistema de pensiones que ha sido ratificada en la tarde de este miércoles en la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. Una esperada medida que supone un revulsivo para miles de pensionistas españoles, especialmente para la generación del baby boom que comienza ya a rozar la edad de jubilación.

Desde que el pasado viernes se conociese el connato de la reforma, avalada por los socios de la coalición y la Comisión Europea, las reacciones no han hecho más que sucederse. Los sindicatos, a falta de unos detalles por pulir que ya se han solventado, respaldaron la propuesta, mientras que la patronal mostró su “oposición frontal” a la medida. Pero más allá de las vicisitudes políticas, lo que muchas personas se estarán preguntando es: ¿En qué consiste la nueva reforma del sistema de pensiones?

La fórmula Escrivá para el periodo de cálculo

Mientras que la primera parte de la reforma, acordada durante el pasado año, se centraba en los gastos y en mantener el poder adquisitivo de los pensionistas ante la acuciante inflación, esta segunda parte incrementará los ingresos del sistema para poder costear un gasto creciente en pensiones determinado por la revalorización de las pensiones por ley con el IPC (8,5% actualmente).

Uno de los principales cambios que más puede afectar a los pensionistas coincide también con el principal escollo que Escrivá ha tenido que salvar para llevar las negociaciones a buen puerto: el cálculo de las pensiones.

De esta forma, los pensionistas podrán elegir entre tomar los últimos 25 años cotizados, tal y como recoge la ley actual, o bien optar por tomar los últimos 29 años de cotización y desechar los dos peores años de cotización (se tomarán 27 años efectivos), beneficiando así a las carreras laborales lineales y a las más fragmentadas.

Será la Administración Pública quién elegirá de oficio la fórmula más ventajosa para el futuro jubilado. Este sistema dual convivirá hasta el año 2044, cuando se mantendrá el modelo de 27 años de cotización. No obstante, este cambio será desplegado progresivamente durante 12 años a partir de 2026, tal y como ha aclarado el propio Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones.

La garantía de las pensiones mínimas

Otro punto importante, que ya fue discutido este lunes con los sindicatos, son las mejoras de las cuantías de las pensiones mínimas, tanto las contributivas como las no contributivas. En concreto, las pensiones mínimas contributivas experimentarán un alza que rozará el 60% de la renta mediana mientras que las no contributivas crecerán hasta converger en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza y, al aceptarse la petición de los sindicatos, a partir de ese año superarán los 14.000 euros.

Entre otras cosas, lo que contempla la nueva reforma, a imagen de lo que se ha hecho en los últimos años con el Salario Mínimo InterprofesionaI (SMI), es el establecimiento de medidas para que la cuantía de la pensión mínima contributiva se aproxime al 60% de la renta mediana, tomando como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo, que alcanzaría entre 2024 y 2027 el 60% de la renta mediana correspondiente a un hogar de dos adultos. A partir de ese momento, los sindicatos han conseguido que la pensión mínima no pueda situarse por debajo de los 14.300 euros anuales.

Teniendo en cuenta el valor de la renta mediana que, para los hombres alcanza un valor de 16.118 euros y para las mujeres de 15.719 euros, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), las pensiones podrían llegar a los 9.670,80 euros en el primer caso y 9.431,40 euros en el segundo. Cifras que se traducirían en un ingreso mensual, atendiendo a las 14 pagas, de 690,77 euros en el caso de los hombres y 673,67 euros para las pensionistas. Así será hasta 2027, momento en el que deberán tener un valor mínimo equivalente a los 14.300 euros actuales.

Un caso similar se plantea en lo referente a las pensiones no contributivas que, tal y como se recoge en el acuerdo, crecerían hasta converger en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.

Unas pensiones más feministas: las lagunas de género

La nueva reforma de las pensiones también aboga por la protección de las mujeres y la erradicación de la brecha de género, las principales damnificadas por las reducciones de jornada, maternidad y cuidados. De esta forma, se mantiene el modelo actual de cobertura de lagunas (entendiendo por lagunas aquellos meses en lo que no existe obligación de cotizar y que son tenidos en cuenta para calcular las pensiones), aunque con mejoras para las mujeres.

Los vacíos de cotización se compensarán con el 100% de la base mínima los primeros 48 meses (4 años), y con el 50% de la base mínima a partir del mes 49, añadiendo para las mujeres asalariadas el 100% de la base mínima entre el mes de vacío 49 y el 60 (hasta el quinto año) y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y el 84 (del quinto al séptimo año).

Además, se recoge también la revalorización del complemento de brecha de género que tendrá un incremento del 10%, adicional a la revalorización anual, en el bienio 2024-2025.

El destope de las pensiones máximas

Por su parte, la subida de las bases máximas de cotización se hará de forma paulatina entre 2024 y 2050, sumándole a la cuantía anual del IPC una cifra fija de 1,2 puntos porcentuales. Las pensiones máximas se revalorizarán año a año con la cuantía anual del IPC más un incremento adicional de 0,0115 porcentuales acumulativos cada año hasta 2050. A partir de 2050 y hasta 2065 habrá incrementos adicionales. Esta medida permitirá, por tanto, mantener la sostenibilidad del sistema público de pensiones.

La cuota de solidaridad

Otro punto relevante que contempla la nueva reforma es la denominada cuota de solidaridad, que se aplicará a la parte del salario que actualmente no cotiza por superar el tope máximo de cotización, que será del 1% en 2025 y que irá aumentando a un ritmo de 0,25 puntos por año hasta llegar al 6% en 2045. Por ejemplo, a una persona que gane 500 euros por encima del tope máximo de cotización, sólo se aplicaría por esos 500 euros y no por todo su salario, cotizando 5 euros adicionales en 2025.

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

Otra de las medidas que se recoge en el Real Decreto, será reforzar el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI), aprobado en la primera fase de la reforma. Este mecanismo consiste en una recarga del 0,6% sobre las cotizaciones (0,5% a cargo de la cuota empresarial y 0,1% a cargo del trabajador). Este incremento de las cotizaciones se irá incrementando con este mismo reparto una décima al año hasta duplicarse y colocarse en el 1,2% en el año 2029 (a un ritmo de subida de una décima cada año).