La prestación por desempleo es una realidad que ayuda a aliviar la situación de muchas personas que han visto interrumpida su actividad laboral. Los requisitos para acceder a esta son por todos conocidos: estar inscrito en la Seguridad Social, ser mayor de 16 años y no haber alcanzado aún la edad ordinaria de jubilación, estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo estatal (SEPE) o haber cotizado un mínimo de 360 días en los 6 años anteriores a la situación de desempleo.

Sin embargo, lo que no mucha gente conoce es que no es necesario haber cotizado un año para recibir una ayuda. Si la vida laboral del trabajador está por debajo de esos 360 días, se podrá solicitar una suerte de “mini paro” que el propio SEPE se encargará de gestionar.

Dicha ayuda es conocida oficialmente como subsidio por insuficiencia de cotización. El subsidio no es nuevo, pero hay que destacar que, de cara al próximo año, esta ayuda cuenta con importante novedad. Tras la aprobación el pasado jueves de los Presupuestos Generales del Estado 2023 (PGE), el Ejecutivo ha confirmado que las ayudas subirán durante el próximo año.

Ayudas entre las que, lógicamente, se encuentra dicho subsidio por insuficiencia de cotización. La prestación que actualmente se cifra en 463,21 euros mensuales, podría alcanzar los 480 euros al mes, en caso de cumplirse las previsiones del Gobierno. El subsidio por insuficiencia de cotización depende, como toda prestación, de la subida del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que subirá en un 3,6% para el 2023.

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¿Cuáles son los requisitos para cobrar el subsidio?

Sin embargo, aunque la cantidad varía, lo que permanece inamovible son los requisitos para acceder a la ayuda. Así pues, en caso de que el tiempo de cotización exceda el año, el beneficiario podría optar a la prestación contributiva, más comúnmente conocida como prestación por desempleo.

Por otro lado, si el propio perceptor de la ayuda es mayor de 52 años, tiene derecho a percibir el subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años. Sin embargo, con independencia del tipo de prestación, los requisitos que ha de cumplir el solicitante son bastante similares:

  • Estar desempleado y en situación legal de desempleo
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo, buscando empleo de forma activa y dispuesto a aceptar empleos adecuados para tener derecho a jubilación.
  • No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional
  • Para el caso del subsidio por insuficiencia de cotización, se debe haber cotizado al menos 3 meses en caso de contar con cargas familiares y, en caso contrario, contar con 6 meses trabajados.
  • El plazo de presentación para solicitar cualquier tipo de prestación comienza a contar a partir del día siguiente a hacerse efectiva la situación por desempleo y la solicitud deberá presentarse antes de que transcurran 15 días hábiles.

La pregunta que prosigue resulta casi obligada tras saber los requisitos necesarios para acceder a la ayuda ¿Cuánto dura el subsidio? La duración depende del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares. En este último caso, la ayuda durará entre 3 y 5 meses. Por otro lado, si se ha cotizado 6 o más meses -sin alcanzar los 360 días- el subsidio se extenderá hasta los 21 meses.

Sin embargo, en el caso de que no se tengan responsabilidades familiares, el subsidio durará 6 meses si se ha cotizado 6 o más meses. En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

Cómo tramitar la ayuda

Como se ha comentado anteriormente el plazo de solicitud es de 15 días hábiles que comienzan a contar un día después de hacerse efectiva la situación de desempleo. Sin embargo, si el solicitante presenta la solicitud fuera de plazo, todavía podrá beneficiarse de la ayuda, restando, eso sí, de la duración del subsidio los días comprendidos entre la fecha en que hubiera correspondido el inicio de la prestación y la fecha de la presentación efectiva de la solicitud.

Una vez el SEPE haya tramitado la solicitud, el pago se realizará periódicamente durante la duración del subsidio, entre los días 15 y 30 de cada mes. El primer pago se hará efectivo al mes siguiente de la solicitud de la ayuda.

Dicha solicitud se podrá presentar a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE o en la oficina de prestaciones presencialmente mediante cita previa.