La causa abierta por el Tribunal Supremo contra Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado, tiene un nombre propio que ejemplifica el papel del Alto Tribunal en la vida política de nuestro país. Se trata de Ángel Luis Hurtado, magistrado que instruye la causa y que, hace un mes, ordenó el registro del despacho de García Ortiz por parte de la Guardia Civil. El pasado lunes, el juez citó a Juan Lobato a declarar como testigo, en el marco de la investigación de la procedencia del documento en el que Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, reconocía haber cometido un delito fiscal.
Mientras que este magistrado parece tomarse su tiempo en citar a testigos en casos como el de la filtración de la carta de reconocimiento de delitos del novio de Ayuso, Hurtado decidió citar al líder de los socialistas madrileños horas después de que se publicara la existencia de sus conversaciones con Pilar Sánchez Acera. Además, de las 17 personas que tuvieron acceso al correo del número dos de la presidenta madrileña, el juez solo ha citado a dos: al fiscal general del Estado y a María Pilar Rodríguez, la fiscal provincial de Madrid.
Tras la dimisión de Lobato las miradas quedan puestas sobre el juez Hurtado, un viejo conocido del Partido Popular. Y lo es porque, durante su etapa en la Audiencia Nacional, defendió que el ahora partido de la oposición no debía ser condenado por financiación irregular en la trama Gürtel. Hurtado, además, se opuso a que el entonces presidente Mariano Rajoy declarase como testigo. En 2020, un Consejo del Poder Judicial aún bloqueado en una mayoría conservadora, decidió elevar al magistrado al Tribunal Supremo.
¿Quién es Ángel Luis Hurtado?
Hurtado lleva en la vida judicial desde 1983, llegando a la Audiencia Nacional en 2006 tras pasar por Canarias, País Vasco y el órgano provincial de Madrid. De tendencia conservadora y muy cercano a Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda del Alto Tribunal, Hurtado dedicó gran parte de su estancia en la Audiencia Nacional a causas relacionadas con el terrorismo de ETA. Fue en 2017 cuando cayó en sus manos la instrucción del principal caso de la Gürtel. El magistrado empleó sus esfuerzos en defender que Mariano Rajoy no debía comparecer como testigo para -según él- no perjudicar su labor como presidente del Gobierno.
El magistrado agotó sus argumentos y se quedó solo protegiendo al líder del Ejecutivo. Desde que la declaración no aportaba nada, hasta que se podía utilizar con "motivaciones políticas", pasando por defender que el líder del Partido Popular estaba exento de saber que pasaba en los municipios en los que se condenó al partido como partícipe a título lucrativo -Pozuelo de Alarcón y Majadahonda-. No sirvió, pues la mayoría de la Audiencia decidió que Rajoy compareciese. Un año después, Hurtado no firmó la sentencia que condenaba al PP a devolver más de 240.000 euros, hecho que hizo caer al Gobierno.
El ascenso del juez Hurtado al Supremo tras defender al PP en la Gürtel
En 2020, el Consejo General del Poder Judicial aún se constituía por la mayoría designada por el primer Ejecutivo de Rajoy. A pocos meses de que cambiase la legislación y el organismo no pudiese designar jueces hasta que no se renovase, Ángel Luis Hurtado fue ascendido a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo con 19 votos a favor. Apenas unos meses más tarde, el Alto Tribunal anuló una sentencia dictada por Hurtado en la Audiencia Nacional, en la que condenaba a cinco años de prisión a un supuesto yihadista. El Supremo acusó al magistrado de modificar "unilateralmente" los hechos probados.
La causa contra Álvaro García Ortiz es la primera que dirige en dos décadas, después de haber participado en investigaciones de querellas impuestas por organizaciones de ultraderecha como HazteOir contra Pedro Sánchez, Ione Belarra, Irene Montero o Meritxell Batet. En el registro de los dispositivos electrónicos del fiscal ordenado por él, Hurtado pidió primero -el 30 de octubre- que se copiaran los registros de todos ellos, autorizando a los agentes a tomar las medidas que estimasen oportunas y sin que estuviera presente el abogado del fiscal. Sin embargo, una semana más tarde, el magistrado rectificó y ordenó "limitar el análisis pericial del material intervenido" al contenido de entre el 8 y el 14 de marzo.