Tercer varapalo de Suiza al juez de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, que instruye la causa por presuntos delitos de terrorismo en las movilizaciones violentas convocadas por Tsunami Democràtic en 2019 contra la sentencia del procés. El departamento federal de Justicia y Policía del país, dependiente del Gobierno helvético, ha denegado el auxilio judicial solicitado por el instructor español, recordándole que los actos descritos en la comisión rogatoria quedan fuera de los márgenes de actuación del Código Penal de Suiza, según ha publicado El País citando a un escrito que data del pasado 22 de mayo.

“La jurisprudencia de nuestros tribunales ha considerado que las organizaciones criminales/terroristas incluyen, por ejemplo, las Brigadas Rojas italianas, la ETA vasca y la red Al Qaeda, pero no las organizaciones que, utilizando medios que no son actos de violencia criminal, luchan por el poder político en un país”, esgrime la carta remitida por el departamento de Justicia del Gobierno de Suiza, en el que analiza la solicitud de auxilio judicial cursada por el magistrado García-Castellón. El escrito ha sido elaborado por “juristas especializados en tratados internacionales y derecho penal internacional”.

García-Castellón requirió a las autoridades suizas la localización de Marta Rovira, secretaria general de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), que está imputada en la causa. El instructor solicitó también información sobre la utilización de una cuenta bancaria, presuntamente, para financiar las movilizaciones de protesta que capitaneó Tsunami Democràtic en el año 2019, cuando se hizo público el fallo del Tribunal Supremo sobre los líderes del procés. Las autoridades helvéticas ya mostraron sorpresa en su momento ante la petición del juez español, interrogándole por la “relación exacta” entre la propia Rovira y las manifestaciones en los aeropuertos de El Prat y Barajas. “Es importante destacar la implicación precisa de la señora Rovira en sendas movilizaciones”, recalcaron en la comisión rogatoria.

Entonces, el juez se limitó a incluir como pruebas de la participación de Rovira en Tsunami Democràtic una reunión en Ginebra de cuyo contenido no ha trascendido información alguna. Presuntamente, según lo que sostiene García-Castellón, se habló de la creación del movimiento contra la sentencia del procés y la posterior planificación de acciones. A su juicio, Rovira “fue la que más rápido tuiteó el primer mensaje de Tsunami”. “Tan sólo tardó tres minutos en leer el tuit, retuitearlo, pensar en comentarlo y transcribirlo (40 palabras repartidas en 225 caracteres con espacios). Se sospecha, por ello, que pudo estar en la reunión de Ginebra en la que se planificó y organizó la acción”, esgrime el magistrado.

No obstante, tras escudriñar la petición del juez instructor, la Oficina Federal de Justicia de Suiza concluye que los acontecimientos sobre los que se pide información no constituyen un presunto delito de terrorismo en virtud del derecho helvético, por lo que deniegan el auxilio judicial que solicitó el magistrado de la Audiencia Nacional.

El fiscal ya se opuso en 2020

Cuatro años antes de esta solicitud, el fiscal español que investigó los hechos, Miguel Ángel Carballo, tampoco apreció delito de terrorismo en las actuaciones de Tsunami Democràtic, oponiéndose además a la imputación de la propia Rovira y del expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont. “Hay una significativa falta de argumentos para la concreta imputación de hechos de matiz terrorista a los investigados”, concluyó entonces. Aun con todo, el Tribunal Supremo admitió a finales del pasado mes de febrero la exposición razonada que García-Castellón envió al organismo para encausar al candidato de Junts.

En este sentido, la oficina suiza también pondera la causa abierta por terrorismo en el Alto Tribunal: “Las apreciaciones o resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo español, sobre las que no nos corresponde emitir juicio de valor alguno, no alteran la calificación que el derecho suizo otorga a los hechos descritos en la comisión rogatoria”. Así, las autoridades del país helvético acentúan la excepción para prestar auxilio judicial en cuestiones de “carácter político preponderante”, siempre fuesen impulsados “con fines de coacción o extorsión, hayan puesto en peligro o amenazado la integridad física de las personas” o cuestiones de otra índole. “No se ha cumplido esta situación a nuestro juicio”, rematan.

Así, replican al escrito del magistrado español, quién insinuó cierto sesgo político favorable al Gobierno de España por parte del Ejecutivo suizo, afeándoles que preguntaran por el estado de la tramitación de la Ley de Amnistía. En este sentido, les recriminó que no respondieran a la petición de una reunión entre responsables jurídicos de ambos países. “Es normal que no hayamos informado previamente sobre el proceso de amnistía en España, como habríamos hecho en circunstancias similares con otros Estados extranjeros. Este elemento legislativo no puede omitirse, ya que puede tener incidencia en el procedimiento penal español que sirve de base a la comisión rogatoria”, rematan las autoridades helvéticas.

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