El eurodiputado de Vox Hermann Tertsch ha protagonizado la enésima polémica a través de sus redes sociales, después de publicar en Twitter, este jueves, un mensaje en el que hace apología del franquismo. 

Acompañando sus palabras con una fotografía en la que se ve a miles de personas haciendo el saludo fascista, Tertsch ha escrito: "28 de marzo de 1939. Madrid, liberada por Franco después de 32 meses de terror rojo".

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"Os contarán que los que celebraban iban obligados", ha zanjado el candidato de la formación liderada por Santiago Abascal. Sus palabras han recibido mucha atención, pero de la mala: cientos de usuarios han respondido al político para afearle este mensaje y, además, recordarle al Partido Popular los socios con los que se junta en numerosos Ayuntamientos e instituciones.

 

 

 

 

¿Qué dice la ley sobre este tipo de publicaciones?

La Ley de Memoria Democrática puede ponerse en marcha para expedientar a quienes publiquen mensajes como el de Hermann Tertsch. Existen ya algunos precedentes, como el de la directora general de Justicia del Gobierno de Aragón, Esmeralda Pastor Estrada, y el del director general de Caza y Pesca, Jorge Valero, que vulneraron este texto legal al hace apología y exaltación del franquismo en sus redes sociales.

Pastor apareció en sus redes Pastor con la bandera franquista a sus espaldas, así como diferentes posts en los que se alababan las figuras de Franco o José Antonio Girón (ministro de Trabajo franquista), además de pertenecer al grupo 'Antiguos miembros del Ateneo Falangista'.

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Pastor fue propuesta por Vox y nombrada, junto a otros 26 altos cargos, como parte del acuerdo de coalición de gobierno en Aragón entre el partido de extrema derecha y el Partido Popular, que no tenía la holgura suficiente en las urnas para gobernar en solitario.

"En línea con los reiterados llamamientos de los organismos de derechos humanos que instan a hacer frente a las organizaciones que difunden discursos de incitación al odio y a la violencia en los espacios públicos, se llevan a cabo una serie de medidas. La disposición adicional quinta regula como causa de extinción de fundaciones, por no constituir fin de interés general la apología del franquismo que ensalce el golpe de Estado y la dictadura o enaltezcan a sus dirigentes, con menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, o incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las mismas. Las disposiciones adicionales sexta y séptima contienen, en relación con la realización por parte de asociaciones de actividades que constituyan apología del franquismo que ensalce el golpe de Estado y la dictadura o enaltezcan a sus dirigentes, con menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, o incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las mismas, respectivamente", reza el documento legislativo.

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