Varapalo del Pleno del Tribunal Constitucional a Ayuso. El tribunal de Garantías ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad promovidos por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra varios apartados del artículo único de la ley promovida por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso en la que modificaba la anterior ley de identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación de la Comunidad de Madrid y contra el apartado catorce ter del artículo único de la Ley 18/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2016, de 22 de julio, de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid.

El Tribunal, tras haber invocado el Gobierno en su recurso el artículo 161.2 de la Constitución, ha suspendido la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados de las citadas normas, desde la fecha de interposición del recurso (26 de junio) para las partes de los procesos y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.

Primer recurso

En el primer recurso, el Gobierno alega la posible vulneración de los artículos 9.3, 10.1, 14 y 15, entre otros, de la Constitución, contra los apartados once, doce, quince, diecisiete y veintidós bis del artículo único de la Ley 17/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/2016, de 29 de marzo. Asimismo, considera que podría haber infracciones competenciales.

Los artículos que el Gobierno cree vulnerado son: el 9.3 que dice que la Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. El 10.1: La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. El14: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social y el 15 que afirma que todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.

Segundo recurso

En el segundo caso, el presidente del Gobierno sostiene en su recurso de inconstitucionalidad que el apartado catorce ter del artículo único de la Ley 18/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2016, de 22 de julio, podría ser contrario a las competencias exclusivas del Estado sobre legislación procesal (149.1.6a CE) y sobre procedimiento administrativo común (149.1.18a CE).

Tanto esta ley como la Ley Trans han estado rodadeadas por la polémica desde el principio. Amnistía Internacional y hasta 30 organizaciones presentaron 40.000 firmas en contra de las mejoras, pero ni esto ni la oposición de Más Madrid y el PSOE consiguieron frenar al tándem de PP y Vox. Las normas afectadas estaban centradas en los derechos y la protección de las personas trans y, de la misma manera, en la protección de personas del colectivo LGTBI en su conjunto. Uno de los aspectos más polémicos es el de las terapias de conversión, que estaban prohibidas hasta que la reforma de Ayuso les volvió a abrir la puerta. Asimismo, las modificaciones impulsadas por PP y Vox volvieron a patologizar a las personas trans menores de edad.

Con respecto a la decisión, el líder del PSOE madrileño, Juan Lobato, ha dicho, nada más conocer la noticia: "Fue muy mala decisión y un mal ejemplo del Madrid de Ayuso en toda Europa y en el mundo esa aprobación de leyes retrógradas en el pasado mes de diciembre. La primera vez que una región europea en vez de seguir avanzando en derecho sociales, en derechos LGTBI, es la primera vez que se retrocede. Y eso pasó aquí en Madrid. Estoy muy contento con la suspensión por parte del Constitucional de esta normativa y con respeto, nos gusten más o nos gusten menos, de todas las decisiones que tomen los órganos judiciales o el TC. Y la resolución final esperemos que sea el dar un portazo a esta normativa retrógrada, como digo la primera de Europa en ir hacia detrás en lugar de hacia delante en derechos LGTBI”.

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