El Gobierno de coalición llevará dos reformas del Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso al Tribunal Constitucional. El Consejo de Ministros ha aprobado la interposición de dos recursos de inconstitucionalidad contra las reformas de la Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación, conocida como Ley Trans, y de la Ley de Protección integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual, aprobadas por la Comunidad de Madrid a finales de 2023. La decisión tomada responde al carácter regresivo de las modificaciones impulsadas por Ayuso.

Amnistía Internacional y hasta 30 organizaciones presentaron 40.000 firmas en contra de las mejoras, pero ni esto ni la oposición de Más Madrid y el PSOE consiguieron frenar al tándem de PP y Vox. Las normas afectadas estaban centradas en los derechos y la protección de las personas trans y, de la misma manera, en la protección de personas del colectivo LGTBI en su conjunto. Uno de los aspectos más polémicos es el de las terapias de conversión, que estaban prohibidas hasta que la reforma de Ayuso les volvió a abrir la puerta.  

Asimismo, las modificaciones impulsadas por PP y Vox volvieron a patologizar a las personas trans menores de edad. Las reformas, que como ha anunciado la ministra portavoz “quedan paralizadas”, incluían la eliminación de concepto de identidad de género, la obligatoriedad de los menores de pasar un examen pediátrico antes de recibir tratamiento, retiraban el carácter discriminativo as terapias y tratamientos y valoraciones psiquiátricas, entre otras muchas modificaciones de la ley Trans, a las que se suma el tijeretazo educativo a la ley LGTBI.

Los derechos de las personas trans y LGTBI no pueden esperar y hay que garantizar que se ejercen en igualdad de condiciones en todo el territorio español”, ha introducido el anuncio la ministra de Igualdad, Ana Redondo. “Son leyes que vienen a reducir, limitar e imponer nuevos requisitos a los derechos que ya se reconocían en leyes previas de la Comunidad de Madrid”, ha evidenciado el retroceso aprobado por Ayuso y Vox. Además, como aspecto principal, ha señalado que las dos reformas son contrarias a la normativa nacional.

Redundan en una limitación y recorte de los derechos que se han reconocido en la ley estadal para el reconocimiento integral de las personas trans y LGTBI”, ha desgranado Redondo. Asimismo, ha lamentado que el cometido de las leyes, lejos de buscar ampliar y mejorar los derechos, busque una regresión. “Lamentablemente, son claramente regresivas, limitan y vulneran los derechos que están reconocidos en la legislación estatal”, ha añadido, antes de relatar los cuatro principales motivos del recurso.

Cuatro aspectos inconstitucionales 

En primer lugar, la ministra se ha referido a la excepción contemplada por Madrid contra la prohibición absoluta de las terapias de conversión. “La ley estatal no deja lugar a dudas de que estas terapias están prohibidas. Así lo establece la comunidad científica internacional, la legislación y la jurisprudencia”, ha explicado, asegurando que lo contemplado en las reformas, “en muchas, está encubriendo las terapias de aversión y reconducción”.

El segundo de los motivos es “la patologización de los menores trans al obligarles a un proceso de acompañamiento psicológico y psiquiátrico y a un informe preceptivo y obligatorio previo al inicio de todas las terapias de tránsito”. Este, además, es el motivo expuesto por el Defensor del Pueblo en su recurso de inconstitucionalidad, ya admitido a trámite por el Alto Tribunal. En tercer lugar, la ministra ha apuntado a la “contraposición de derechos entre las mujeres trans y el resto de las mujeres” al establecer que podrán acceder a espacios comunes “sin menoscabo de los derechos a la intimidad del resto de mujeres”.

Esto, ha señalado Redondo, deja entrever que “el ejercicio de los derechos de las mujeres trans pusiera en peligro o pudiera limitar los derechos del resto de mujeres y niñas”. Por último, la titular de Igualdad ha señalado el único motivo común en ambas leyes. Este no es otro que la “invasión de competencias”, dado que “en ambos casos se excluye a las organizaciones LGTBI de la legitimación activa para interponer recursos, tanto en el ámbito penal como en el contencioso administrativo, como participantes interesados”. “Esta es una cuestión que es competencia exclusiva del Estado”, ha sentenciado.

Una vez anunciada la actuación, quedan suspendidas los efectos y la aplicación de sendas leyes autonómicas. Así, a partir de la interposición del recurso, “se prohibirán con carácter absoluto las terapias de conversión en todo el territorio, también en Madrid; no se requerirá informe psicológico ni psiquiátrico para iniciar el tratamiento a menores y, en tercer lugar, se reconocerá la legitimación activa para actuar tanto en procedimientos penales y contenciosos de las organizaciones LGTBI”.