El Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) ha declarado nulo el decreto del Govern que regula la aplicación del Tratamiento Integral de Lenguas (TIL) porque se aprobó sin la "imprescindible" consulta a la Universitat de les Illes Balear (UIB). Según ha informado hoy el alto tribunal, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado tres sentencias en las que estima los recursos presentados por CCOO, STEI y UGT contra la norma aprobada por el Consell de Govern el 19 de abril de 2013 al aceptar dos de los motivos alegados por los sindicatos.

Aval de los cinco magistrados
Los tres fallos, avalados por los cinco magistrados de la sala contenciosa sin ningún voto particular y contra los que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, coinciden en señalar que el Govern eludió su obligación de solicitar un informe de la UIB pese a que el Estatuto de Autonomía consagra a la institución universitaria como órgano consultivo preceptivo en todo lo referente a la regulación de la lengua catalana. El Govern presentó una memoria de análisis de impacto normativo que resultaba insuficiente para justificar la aprobación del decreto. Los magistrados dan la razón a los sindicatos en relación con que la consulta a la UIB era «preceptiva e imprescindible» y no «facultativa» como alegaba el Govern, y recalcan que omitirla vulnera el Estatuto de Autonomía.

Memoria insuficiente
En cuanto al otro motivo para estimar los recursos, la insuficiente memoria de análisis de impacto normativo, los magistrados señalan que ésta debía justificar la oportunidad, idoneidad y eficiencia de la regulación adoptada. Debía explicar por qué era oportuna y adecuada para conseguir los fines perseguidos y razonar que el Govern había «considerado los principales efectos». «La mera invocación de un fin público o incluso simples explicaciones no cubren pues las exigencias de la memoria de análisis de impacto normativo, es decir, no son suficientes», ya que requiere de una «demostración de que la norma aprobada ha venido precedida de un completo proceso de análisis adecuado al caso», afirman los jueces.

Mala praxis del Govern de Bauzá
Esta misma sala del TSJIB suspendió el calendario de aplicación del TIL el 6 de septiembre de 2013, una medida cautelar que el Govern anuló en la práctica al aprobar ese mismo día un decreto-ley de medidas que estableció las normas y pautas para aplicar el trilingüismo. La jueza ponente de la sentencia del recurso de UGT se refiere a ese cambio normativo «operado nada menos que a las dos horas de ser notificadas las resoluciones judiciales sobre medidas cautelares» y lo describe como una «inmediata, sorprendente y controvertida conversión a disposición con rango de ley» del decreto del TIL.

El Govern de Bauzá piensa recurrir
El TIL, implantado desde el inicio del pasado curso escolar para establecer la enseñanza de catalán, castellano e inglés a partes iguales, ha sido la causa principal del conflicto entre la Conselleria de Educación y buena parte de la comunidad educativa, que ha llevado a cabo diversas jornadas de huelga y numerosas protestas. Pese a todo, ha tardado escasamente dos horas en hacerse oficial la voluntad de recurrir del Govern. Pese a que era preceptivo el informe de la UIB, el Govern alegará que, sin hacerlo a través de la universidad, realizó la consulta a través de otro órgano educativo. El Consell Consoltiu podría avalar este procedimiento.