Este jueves tres de abril entrará en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal a partir de la cual se establece que serán las comunidades de vecinos quienes decidirán sobre la instalación o no de las nuevas viviendas de uso turístico (VUT) en sus edificios.
Según ha comunicado el Ministerio de Vivienda a través de una nota de prensa, la iniciativa tiene como objetivo “empoderar a los vecinos” y que sea el acuerdo expreso de estos el que avale la instalación de este tipo de viviendas, sin necesidad de que se modifique el título constitutivo o los estatutos, como ocurría hasta ahora de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Con esta reforma, aprobada en las Cortes Generales y desarrollada en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y las comunidades autónomas, será necesario el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que representen, a su vez, las tres quintas partes de las cuotas de participación.
Lucha antifraude en alquileres de corta duración
Al margen de esta reforma que entrará en vigor este jueves, el Gobierno sigue aunando esfuerzos en la tarea de evitar y acabar con el fraude en los alquileres de corta duración. Por ello, el Ejecutivo aprobó en 2024 el Real Decreto que crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
A través de esto, los arrendadores de cualquier tipo de alquiler de corta duración, sea turístico o temporal, deberán obtener un número oficial de registro, que acredite que cumplen con la legalidad vigente, para poder ofertarse en plataformas online.
La Ventana Única Digital entrará en vigor en julio, pero los propietarios pueden solicitar el registro de sus viviendas desde el 2 de enero de 2025. En estos primeros noventa días, el número de solicitudes de registro de alquiler de corta duración asciende a 18.104 en todo el territorio nacional. De ellas, 8.787 números de registro han sido concedidos (49%), 7.393 están en fase de evaluación por parte del Registrador/a (41%) y 1.924 revocados (11%). Según señalaron desde el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, con esta medida buscan promover un mercado de alquiler más "transparente, seguro y confiable" para todos.
Los propietarios, clave en la prohibición de las VUT
De manera paralela a esta reforma, el pasado 6 de marzo el Tribunal Supremo (TS) determinó que únicamente se podrán prohibir los pisos turísticos si las comunidades de propietarios lo fijan así en sus estatutos.
Los magistrados de la Sala de lo Civil explicaron que "la mera descripción del inmueble, con la indicación del destino de sus pisos o locales, no supone una limitación del uso o de las facultades dominicales, sino que su eficacia queda condicionada a que exista una prohibición fundada en una estipulación clara y precisa que la establezca".
Entre otras cosas, en diciembre del 2023 el Alto Tribunal ya dejó claro que también es válida la prohibición cuando en los estatutos se veta expresamente que las viviendas se usen para ejercer una actividad económica.