“Los españoles queremos manifestarnos en la calle. Lo haremos en coche, con todas las medidas de seguridad. Lo haremos en coche, por el centro de las grandes ciudades portando banderas de España y pidiendo la dimisión de su Gobierno. ¿Lo va usted a prohibir? ¿Va a darnos la razón? Porque mañana mismo notificaremos a todas las delegaciones de Gobierno estas manifestaciones absolutamente seguras y legales”. Con este anuncio, el presidente de Vox, Santiago Abascal, adelantaba este miércoles desde la tribuna de oradores del Congreso de los Diputados la voluntad de reunir a miles de personas en las principales arterias de las grandes urbes de nuestro país.

La voluntad de la extrema derecha española quedó patente tras la intervención de su líder. Sin embargo, la afirmación de que las convocatorias eran totalmente legales ha provocado en las últimas semanas un gran debate judicial. El sector progresista sostiene que es prioritario garantizar la salud pública, aunque para ello sea necesario asumir una pérdida de derechos individuales de forma momentánea. Sin embargo, los conservadores creen que los poderes excepcionales concedidos al Ejecutivo tras la declaración del estado al estado de alarma no pueden suponer una suspensión de los derechos fundamentales.

Esta encrucijada, que dificulta a los órganos judiciales crear jurisprudencia, ha traspasado el ámbito puramente normativo para colarse de lleno en el argumentario de las fuerzas políticas del arco parlamentario. Eso sí, como es habitual, los representantes públicos defienden su posición mediante grandes discursos repletos de medias verdades. Vox, por ejemplo, ha lanzado a lo largo de la última semana a través de sus redes sociales el mensaje de que el Ejecutivo ha dado orden de multar a todo aquel que lleve una rojigualda por la calle. Para ello confirmaban que tenían audios de ciudadanos atónitos ante esta situación. Pero ¿qué hay de verdad en esta afirmación? Más bien poco.

Tal y como confirmaron fuentes del ministerio de Interior a ElPlural.com, lo que ocurrió en realidad es que distintas formaciones ultraderechistas convocaron una manifestación por la zona de la Castellana (Madrid capital) el pasado sábado 2 de mayo a las 12.00 horas para criticar la gestión del Gobierno central en la crisis del coronavirus. Con el objetivo de identificarse entre ellos, los organizadores dieron órdenes de que todos los que quisieran sumarse a la concentración debían portar una bandera de España en su coche.

Hay que recordar que, como consecuencia del estado de alarma en el que se encuentra el país, está prohibida cualquier tipo de manifestación, sea del carácter que sea. Por ello, la Policía hizo controles en la zona de la Castellana y sus alrededores, para evitar que dicha concentración pudiera llevarse a cabo. No obstante, las fuentes consultadas matizan que en estos registros no fueron buscando ninguna bandera de España, y que tampoco se sancionó a nadie por llevarla.

Precedentes y debate judicial

La dificultad para sentenciar una orden al respecto se ha evidenciado a lo largo de las últimas semanas. Diferentes instancias judiciales dictaron sentencias contradictorias, provocando que el Tribunal Constitucional entrara en el asunto y tomara una decisión no exenta de polémica. La diversidad de opiniones quedó patente en la resolución del Alto Tribunal, donde se produjo un empate técnico que tuvo que resolverse por el voto de calidad de su presidente, Juan José González Rivas.

Así, el Constitucional denegaba la marcha convocada para el 1 de mayo por la Central Unitaria de Traballadores (CUT) en Vigo. El argumento más sólido y que decantó la balanza fue que, a pesar de que la manifestación se realizara en coche, los atascos podrían derivar en una condensación del tráfico que impidiera el traslado urgente de los contagiados. Previamente a su resolución, tomada a toda prisa un día antes de la convocatoria de la manifestación, los tribunales superiores de justicia de Aragón y Navarra habían permitido movilizaciones similares, mientras que, de forma paralela, el de Galicia sentenciaba en contra.

Encargados de decantarse entre la protección de la salud pública o los derechos de reunión y manifestación, los 12 magistrados del juzgado de la Plaza de París mantuvieron un enfrentamiento dialéctico acalorado que, lejos de resolverse, avivó a los críticos con la resolución dejando en el aire si esta determinación será definitiva, pues se sobreentiende que se presentarán recursos sobre la cuestión.