En el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social (LGSS) existen varios mecanismos que reconocen el esfuerzo en la crianza de nuestros hijos mediante complementos económicos o bonificaciones en la cotización. Analizaremos algunos de ellos y veremos cómo influyen directamente en la cuantía final de nuestra pensión de jubilación. El primero de ellos es el polémico complemento económico recogido en el art. 60 LGSS. Desde 2016, existe un complemento económico para los pensionistas que han tenido hijos, primero fue el complemento de maternidad y posteriormente desde 2021 el complemento para la reducción de la brecha de género. En ambos casos el importe de nuestra pensión aumentará en función del número de hijos.

En la actualidad dicho complemento supone un importe de 35,90€ por hijo. Un matiz: Tanto mujeres como hombres pueden tener derecho a él, sin embargo la LGSS exige unos requisitos extras al hombre, cuestión esta que ha sido declarada ilegal recientemente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El segundo beneficio viene reflejado en el art. 236 LGSS y es una bonificación en la cotización por cuidado de hijo. Se trata de un derecho pensado especialmente para las personas que en su momento dejaron sus trabajos para dedicarse al cuidado de sus hijos. Desde 2011, se reconoce una bonificación ficticia en la cotización de 270 días por hijo con el propósito de cubrir los periodos sin cotización de estos trabajadores producidos entre los 9 meses anteriores al parto y los 6 años siguientes al nacimiento del hijo.

Tres matices: Esta bonificación se aplica a todas las prestaciones. No sirve para alcanzar el período mínimo de cotización. Y sólo se reconocerá a uno de los progenitores, pero en caso de controversia se otorgará el derecho a la madre. Y el tercero de los complementos que influyen en la cuantía es el reconocimiento de días cotizados por parto. En el art. 235 LGSS se establece una cotización ficticia, exclusivamente cuando la solicitante sea mujer, de 112 días por cada parto de un sólo hijo (o aborto de más de 6 meses), y 14 días adicionales por hijo en caso de parto múltiple.

Este derecho no corresponderá cuando la trabajadora haya cotizado 16 semanas en el momento del parto. Un matiz: Al contrario que el anterior complemento, esta bonificación por parto sí computará para poder alcanzar el periodo mínimo de cotización (15 años cotizados en toda la vida laboral y 2 de ellos entre los 15 anteriores a la jubilación) Estas dos últimas medidas se pueden combinar hasta un máximo total de 1.825 días, lo que equivale a cinco años adicionales de cotización.

Estos días extras se sumarán a los años realmente cotizados a lo largo de nuestra vida laboral, y por tanto puede suponer un incremento significativo en la cuantía final de nuestra pensión. Pero para entender mejor el impacto de los hijos en el importe final de nuestra pensión veamos un ejemplo práctico: Supongamos que Maria se jubila tras haber trabajado durante 30 años y ha tenido tres hijos. Además, asumimos que durante 5 años de su vida laboral, Maria se dedicó exclusivamente al cuidado de sus hijos, sin recibir prestaciones o subsidios por desempleo.

Por sus tres hijos María tendrá derecho al complemento económico para la reducción de la brecha de género por un importe de 107,70€ al mes (35’90€ mensuales por hijo) -Como bonificación por el cuidado de hijos a Maria se le reconocen 810 días (27 meses) como periodo cotizado (270 días por cada hijo). -Y como bonificación por parto a Maria se le tendrá en cuenta otros 336 días extras de cotización (112 días por cada parto). Por tanto, a efectos de jubilación Maria tendría 33 años y 2 meses cotizados (sus 30 años más los 27 meses por cuidado de hijo y los 11 meses por parto).

Ello supone un 6,84% más de pensión, que en una pensión media de 1.480€, esta diferencia puede suponer 101 euros más mensuales. Los tres hijos le han supuesto a Maria 208,70€ más de jubilación al mes. En definitiva, tal y como se puede observar, tener hijos puede aumentar considerablemente la cuantía de nuestra pensión de jubilación.

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