Desde este jueves 1 de junio los técnicos de la Agencia Tributaria comienzan a prestar atención presencial a los contribuyentes que opten por esta vía para presentar su Declaración de la Renta 2022-2023. El servicio comienza a prestarse desde este jueves y estará disponible hasta el próximo 30 de junio, fecha límite para presentar la Declaración de la Renta en base al calendario oficial marcado por Hacienda para esta campaña. Por su parte, las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial finalizarán el próximo 29 de junio, un día antes del final de la Campaña de la Renta 2022-2023.

Además de la atención presencial personalizada de los técnicos de Hacienda a los contribuyentes que opten por esta vía para cumplir con Hacienda, la Agencia Tributaria mantiene abiertas las otras dos alternativas para hacerlo: tanto la presentación de la Declaración de la Renta vía online como la opción para hacerlo vía telefónica. Hacienda estrenó la Campaña de la Renta 2023 con la apertura del proceso para presentar la Declaración de la Renta por Internet el pasado 11 de abril, hace dos meses y medio. Después de este periodo, y de añadir como alternativa la opción de presentar la declaración por teléfono, ahora Hacienda abre la tercera y última vía: recibir la atención personalizada de los técnicos de la Agencia Tributaria para configurar el borrador. 

Cita previa para presentar la Declaración de la Renta de forma presencial

No obstante, para recibir la atención presencial personalizada de los técnicos de Hacienda para hacer la Declaración de la Renta, los contribuyentes tienen que pedir cita previa para evitar colas y esperas innecesarias. Un proceso de cita previa que la Agencia Tributaria abrió hace alrededor de una semana tanto por vía telemática como telefónica. Para ello, Hacienda pone a disposición de los contribuyentes la solicitud de cita previa a través de la página web oficial o a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria. 

Pero también se puede hacer a través de los teléfonos 91 553 00 71 o 901 22 33 44 en un horario de 9 a 19 horas de lunes a viernesHacienda abre así ambos procedimientos, desde hace una semana, para ofrecer una opción más a los contribuyentes a la hora de cumplir con el pago de sus impuestos, especialmente para aquellos que necesitan ayuda a la hora de confeccionar el borrador de Hacienda. La Agencia Tributaria recuerda también en su web que la anulación de citas se podrá realizar por cualquiera de los canales abiertos para pedir la cita previa, tanto de forma online como en los teléfonos que el sistema ha puesto a disposición de los ciudadanos.

Si optas por pedir la cita previa para recibir atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria a través de Internet debes tener a mano una serie de documentos, al igual que si optas por la presentación telefónica y el plan Le Llamamos. La Agencia Tributaria recomienda así contar con los siguientes documentos para evitar esperas innecesarias en el momento:

  • NIF/NIE o DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Cl@ve PIN
  • Referencia

¿Qué documentos necesito cuando vaya a una oficina de la Agencia Tributaria?

Además de los documentos básicos que tienes que tener a mano a la hora de pedir cita previa para que los técnicos de Hacienda te ayuden a confeccionar el borrador de la Declaración de la Renta 2022-2023, debes tener en cuenta que necesitas más papeles cuando acudas a las oficinas que la Agencia Tributaria tiene desplegadas por el territorio nacional. 

Entre otros, como contribuyente debes acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria con documentos clave como: 

  • El número de referencia del titular o titulares de la Declaración de la Renta
  • El número del DNI de todos los ciudadanos que figuren en la Declaración de la Renta 
  • El número IBAN de la cuenta bancaria en la que deseas que te ingresen la cantidad a devolver o, en el peor de los casos, que tengas que pagar a Hacienda 
  • Las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias, con el correspondiente recibo del IBI. Si vive en un inmueble alquilado, también es necesario el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler durante el ejercicio 2022 
  • Los documentos relacionados con los rendimientos del trabajo como el certificado emitido por el pagador, entre otros papeles
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales por la venta de vivienda habitual, entre los que Hacienda especifica: escrituras de compraventa, fechas de adquisición y transmisión, importes reales, gastos y tributos de compra y venta o datos de préstamos hipotecarios