El Colegio de la Abogacía de Madrid ha celebrado una sesión especial del Foro Justicia ICAM sobre los desafíos para el Estado de Derecho con un debate sobre la ley de amnistía. Pascual Sala, expresidente del Tribunal Constitucional; Encarnación Roca, exvicepresidenta del Tribunal Constitucional; y Enrique Gimbernat, catedrático y experto en Derecho Penal han abordado uno de los temas más candentes y que más preocupan en el estamento jurídico. Sala ha asegurado que la ley de amnistía: “Es una situación general dirigida a garantizar la convivencia y puede formar parte de un programa de gobierno y ser aprobada por las cortes siempre y cuando sea una finalidad puramente constitucional”.

El expresidente del Tribunal de Garantías ha explicado: “La amnistía está sometida a las cortes generales porque debe estar dirigida a penas en una situación determinada y es eso lo que determinará la legalidad. Tenemos en la Constitución Española cuales son las legalidades, como garantizar la convivencia con un orden social y económico justo. La situación que puede determinar una amnistía no obedece a ninguna ideología porque hay que proteger la unidad del estado. Pero para conseguir la convivencia puede arrogarse por una ley de amnistía. La situación que es amnistiada y las personas que acaten la constitución. Si el motivo fuera tener unos votos eso sería arbitrario, pero si es facilitar la convivencia sí es constitucional”, puesto que la convivencia es un precepto constitucional.

Por su parte, la exvicepresidenta del Tribunal Constitucional, Encarnación Roca, ha sido lapidaria al afirmar: “No me voy a pronunciar sobre una ley que no existe. Solo trabajamos textos escritos. No sé qué decir sobre la amnistía. En la Constitución Española no se habla sobre ella como pasaba con la constitución republicana. El problema de la amnistía no es un problema en sí mismo: en la constitución establecemos un sistema al que denominamos estado de derecho, y su base es la división de poderes que incluye la independencia de los tres poderes del sistema.  Ejecutivo, legislativo y judicial y en ese orden”.

También ha aseverado que “es una cuestión política que ha seguido una serie de pasos que no han sido programados sino exigidos. Y esta serie de pasos no van a acabar con la amnistía sino con otras cosas. El primer paso fue e indulto, no estoy en desacuerdo con ellos que llevamos con el problema desde 1714. Pero esto no acaba aquí, tenemos una derogación del delito de sedición que se derogó con unos argumentos…decir que en Europa pasa igual, léanse el código penal alemán. En Alemania no se admite ni de broma. La amnistía es una consecuencia lógica de esa derogación porque el delito ha desaparecido pero queda uno que no ha desaparecido, la malversación”.

Y sobre la malversación ha explicado que puede tener consecuencias muy comprometidas con Europa. “Cuando la legislación roza el larguero de la Unión Europea, ésta dice que hay que seguir una reglas. La criatura llora por la malversación, no por la sedición. Hay que preservar el estado de derecho que es una conquista de las democracias occidentales. Si yo fuera jueza me dirigiría al TC. La independencia del poder judicial que me la he creído está por encima de cualquier argumentación. Hasta que no esté en la mesa de un tribunal no lo sabremos, aunque sí se ha preguntado en alto "¿Los demás por qué no? ¿Por qué no a los señores de la Gürtel o a Iñaki Urdangarin?

Por su parte, el único que se ha mostrado frontalmente en contra de una futura ley de amnistía ha sido Enrique Gimbernat, catedrático y experto en Derecho Penal, quien ha dicho que “la amnistía es inconstitucional, el artículo 62 prohibe indultos generales. Si la medida de gracia mas restrictiva está prohibida por la Constitución Española, con mayor motivo una medida de gracia que va más allá. La amnistía borra el delito y se aplica aunque no haya sentencia. Si lo menos está prohibido constitucionalmente, lo más también”.

Durante el debate, Roca ha entrado a hablar de la separación de poderes: "El problema de la amnistía no es un problema en sí mismo: en la constitución establecemos un sistema al que denominamos Estado de Derecho, y su base es la división de poderes que incluye la independencia de los tres poderes del sistema.  Ejecutivo, Legislativo y Judicial y en ese orden. El Ejecutivo se come al Legislativo porque sin mayoría no hay Ejecutivo, y el Legislativo canta en la misma ópera que el Ejecutivo. Queda como un poder que Montesquieu decía que era residual y había que controlar, pero el Legislativo ya no tiene ese poder. El que surge con fuerza es el Judicial que es el oscuro objeto de deseo del Ejecutivo porque controla el Legislativo si llega al Judicial porque puede declarar una ley inconstitucional. El poder Judicial controla los actos del Ejecutivo, y si no para qué sirve la Sala Tercera del Supremo. El Judicial es el poder central.

Ya durante las preguntas del público, Sala ha recordado que “la amnistía no borra los delitos porque siguen en el código penal. La amnistía se lanza para conseguir una finalidad respecto de una situación que es garantizar la convivencia. Si lo vuelven a hacer incurren en los delitos que estén vigentes. Aceptar la amnistía significa acatar la constitución porque es para garantizar la convivencia y están admitiendo su normatividad”.