El Atlético de Madrid ha señalado este miércoles que considera "procedente recurrir la sanción desproporcionada" del cierre parcial de la grada de fondo sur del Metropolitano durante tres partidos tras los incidentes ocurridos en el derbi contra el Real Madrid, en el que se arrojaron objetos desde la grada hacia el campo, provocando la suspensión temporal del encuentro para evitar la escalada. El club rojiblanco considera que el cierre "perjudica a un gran número de aficionados que nada tienen que ver con lo acontecido".

En un comunicado, el conjunto rojiblanco recuerda en primer lugar su "condena" a esos hechos, que obligaron al parón de la segunda parte del partido el pasado 29 de septiembre. "El Atlético de Madrid reitera su condena de los incidentes que sucedieron durante la disputa del encuentro ante el Real Madrid", empieza la nota.

"Nuestro club mantiene una política de tolerancia cero contra la violencia, persiguiendo cualquier manifestación de esta índole y aplicando las sanciones previstas en nuestra normativa interna a los implicados. Nuestra colaboración con las autoridades es permanente y, en el caso referido, se trabajó conjuntamente con la Policía desde el mismo instante en que se produjeron los hechos para identificar a los implicados, tres de los cuales ya han sido expulsados de manera permanente como socios del club", añade.

"Una sanción desproporcionada"

En el mismo sentido, el Atlético insiste en que todos los implicados "serán expulsados de forma permanente en cuanto sean localizados". Con todo, una vez analizada la sanción de cierre parcial de la grada que comunicó el pasado miércoles el Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), el Atlético la considera "desproporcionada" ya "que perjudica a un gran número de aficionados que nada tienen que ver con lo acontecido y que mostraron un comportamiento ejemplar".

"Creemos que el comportamiento inaceptable de unos pocos no puede suponer un castigo tan desmedido hacia una gran mayoría que no cometió ninguna falta. El gran perjudicado por todo lo ocurrido es el Atlético de Madrid y su afición y los responsables de ello son los implicados en el lanzamiento de objetos, que son quienes deben ser castigados y no el resto de la afición, que ha demostrado sobradamente su buen comportamiento. Por este motivo, consideramos procedente recurrir dicha sanción ante el Comité de Apelación", concluye el comunicado.

Posibles castigos para los 'ultras'

Como el lanzamiento de objetos al campo quedó reflejado en el acta, el Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol tiene derecho a decidir de qué manera aplica su reglamento. Entre tanto, resulta conveniente acudir al Artículo 15 del Código Disciplinario, que lleva por título “responsabilidad de los clubes”. El texto reza lo siguiente:

"1. Cuando con ocasión de un partido se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros/as, jugadores/as, técnicos/as o personas en general, se causen daños materiales o lesiones, se produzca invasión del terreno de juego, se exhiban símbolos o se profieran cánticos o insultos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes, o se perturbe notoriamente el normal desarrollo del encuentro, incurrirá en responsabilidad el club organizador del mismo, salvo que acredite el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas por la legislación deportiva para evitar tales hechos o mitigar su gravedad.

El organizador/a del encuentro será también responsable cuando estos hechos se produzcan como consecuencia de un mal funcionamiento de los servicios de seguridad por causas imputables al mismo.

2. Para determinar la gravedad de los hechos se tendrán en cuenta las circunstancias concurrentes, tales como la producción o no de lesiones; la apreciación de riesgo notorio de haberse podido originar, salvo si para su evitación hubiese mediado la diligencia del organizador/a; la influencia de los incidentes en el normal desarrollo del juego; la existencia o ausencia de antecedentes; el mayor o menor número de personas intervinientes; y, en general, todas las demás que el órgano disciplinario racionalmente pondere, cualificándose, además, de manera específica, como factores determinantes de la gravedad, la actitud pasiva o negligente del club organizador o su falta de presteza para identificar y poner a disposición de la autoridad competente a los/las protagonistas de los incidentes y, en suma, el grado de cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias que incumben al organizador/a en materia de la prevención de la violencia en las instalaciones deportivas. Tratándose de supuestos en que resulte agredido/a alguno/a de los/as árbitros/as, precisando por ello asistencia médica, el ofendido/a deberá remitir el correspondiente parte facultativo".

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