El ya próximo 2023, va a traer consigo numerosas novedades en materia fiscal e impositiva. Entre ellas, el sonado impuesto al plástico. Este gravamen entrará en vigor a partir del 1 de enero y tiene como objetivo reducir la comercialización del plástico hasta en un 50% de cara a 2026 y evitar hasta un 70% de estos residuos en 2030.

¿En qué consiste el impuesto? ¿Cómo afecta al consumidor? O ¿A quién va dirigido?, son algunas preguntas que se hacen las personas con respeto a la imposición de este nuevo gravamen.

¿En qué consiste el impuesto?

De acuerdo con La Estrategia de Economía Circular impulsada por el Ejecutivo, se pretende conseguir reducir la comercialización de plástico, al menos hasta la mitad, para el año 2026; mientras que para el año 2030, el Gobierno se pone como meta el lograr reducir hasta en un 70% la generación de residuos de este tipo.

Para ello, el nuevo impuesto, de tipo indirecto, gravará la comercialización de plástico con 0,45 euros por kilogramo de envase, eso sí, solo para los plásticos de un solo uso, es decir, los no reutilizables.

En otras palabras, serán los productores los que tendrán que declarar los kilogramos de plástico de todos los envases que acompañan a la mercancía. Dentro del concepto plástico, conforme a la definición del Ministerio de Hacienda, se consideran, entre otros, botellas, bidones, garrafas, poliestirenos, aplicadores, bandejas separadoras, films que envuelven los productos, anillas, cintas de embalaje y demás elementos.

Además, los fabricantes de envases han de notificar su producción y los movimientos de estos a través del libro de contabilización de existencias. Documento donde todos los movimientos de entradas, salidas y las existencias por periodo. Posteriormente, tienen que hacer la autoliquidación por las ventas en los mismos periodos que se liquida el IVA.

Además, los productores o empresas que adquieran dichos envases deben registrar las adquisiciones y reflejarlas en el libro de existencias, que se tiene que comunicar de forma mensual a la Agencia Tributaria. El adquirente es el responsable de calcular la cantidad de kilogramos no reciclables adquiridos.

¿A quién va dirigido?

El nuevo impuesto se dirige fundamentalmente a productores, distribuidoras y grandes superficies que son las que se harán cargo de dicho gravamen. Por lo tanto, hay comercios que estarán exentos de implantar esta nueva medida en sus establecimientos.

En concreto, tal y como se recoge en la iniciativa, las pequeñas tiendas de barrio y por ende los supermercados, establecimientos y superficies comerciales que no superen los 400 metros cuadrados, estarán exentos de aplicar dicha medida y por extensión pagar el impuesto.

¿Cómo afecta al consumidor?

A priori, el consumidor no tiene por qué verse afectado por dicho impuesto. No obstante, si las distribuidoras deciden repercutir el coste del gravamen en los precios de los productos, el bolsillo del consumidor sí podría verse afectado.

Para evitar este traslado de costes, distintas organizaciones de consumidores como la OCU estará ojo a avizor para que los ya inflados precios de los productos no continúen creciendo a causa de este impuesto.

En lo tocante a los productos, lo que si que se encontrarán los consumidores es, posiblemente, una reducción de envases de plástico. La medida, de carácter transversal afectará a multitud de sectores como el de la alimentación, bebidas, perfumería y cosmética, droguería, hostelería, textil, ferretería, bricolaje y bienes tecnológicos de consumo.

El impuesto, que se hará efectivo con la llegada del 2023, supondrá una recaudación de hasta 700 millones de euros de acuerdo con las estimaciones gubernamentales.