La reforma de las pensiones que inició el actual gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, está a punto de cerrarse. La revalorización de las prestaciones conforme a la inflación fue el aspecto clave del abordaje del que fuera ministro de Seguridad Social, pero aún quedan cabos sueltos que su sucesora, Elma Saiz, está solventando. Esta semana, tal y como ha anunciado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se firmará con sindicatos y patronal el acuerdo para compatibilizar el cobro de la jubilación con el desempeño laboral.  

"Esta misma semana os anuncio que vamos a firmar un importante acuerdo clave con la patronal y con los sindicatos que va a facilitar el acceso a una pensión digna a miles de ciudadanos y de ciudadanas", ha revelado el jefe del Ejecutivo durante su intervención en la reunión interparlamentaria socialista. El presidente no ha querido dar más detalles, pero las negociaciones abiertas con los agentes sociales y la confirmación de los propios negociadores han confirmado que esta será la materia abordada. El aspecto principal del texto es la compatibilidad de jubilación y trabajo, aunque se abordan otras materias.

Aspectos principales de la reforma

Los principales sindicatos y las organizaciones empresariales ya habían alcanzado un acuerdo en julio para definir un nuevo marco regulador que contemple la posibilidad de compatibilizar el cobro de la jubilación con el mantenimiento del trabajo. No obstante, el porcentaje que cobrarán de la jubilación aquellos que decidan seguir trabajando dependerá de los años que se mantenga la actividad. Así, para cobrar el 100% de la pensión y el salario correspondiente se necesitarán al menos cinco años en activo tras el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

El consenso alcanzado contempla porcentajes más bajos durante los primeros momentos de la extensión que se van incrementando con el paso del tiempo. De esta manera, el porcentaje se ubicará en un 45% con un año de demora; pasará al 55% con dos años; al 65% con tres años; al 80% con cuatro años y a la totalidad a partir del quinto año. Con esta modificación, el Gobierno pretende aliviar y escalonar la llegada de la generación del baby boom a la jubilación, añadiendo otro tipo de incentivos.

Incentivos a trabajadores y empresas

Otras de las patas de este acuerdo es la aprobación de incentivos tanto a trabajadores como a empresas. En el primero de los casos, el Ejecutivo prevé una mejora de la jubilación demorada que consistirá en la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no cada doce meses como está contemplado actualmente, buscando recortar la distancia entre la edad efectiva de jubilación y la edad legal.

Asimismo, las empresas recuperarán beneficios que llevaban suspendidos un lustro. Concretamente el incentivo destinado a las empresas que disminuyan de manera considerable la siniestralidad, que contará con nuevo sistema de cálculo basado en la evolución de los accidentes laborales y que exige la realización de inversiones en materia de prevención para su reconocimiento.

Este funcionará a través del otorgamiento de una calificación (A, B, C y D) de siniestralidad de accidente de trabajo y enfermedad profesional que provendrá del contraste entre las cifras y los límites establecidos para cada actividad económica. En caso de no superarse estos límites, la empresa mejorará un valor en la clasificación o se mantendrá en la clasificación máxima A. Se causará derecho al incentivo (4%) al mejorar de calificación y al incentivo mejorado (8%) si se mantiene en la calificación máxima.

Jubilación anticipada

Otra de las materias abordadas son los coeficientes reductores que se aplican a la edad de jubilación para trabajos especialmente penosos o peligrosos. La modificación plante determinar circunstancias objetivas que establezcan el valor del coeficiente, tales como la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica o las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos.   

De igual manera, el acuerdo incluye mejoras en las condiciones de los fijos discontinuos, que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se aplicaba a la hora de calcular el periodo de carencia para acceder a la pensión. La jubilación parcial también cambia y se amplían de dos a tres los años de posibilidad de anticipo, con límites en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista, ya que su contratación tendrá que ser indefinida y a tiempo completo en un puesto no amortizable.