Puede calificarse como el caso de violencia machista más mediático —y también más angustioso— que se ha vivido en Castilla y León en los últimos tiempos, el del maltrato —y derribo— por parte del exconcejal de Ponferrada (León), Pedro Muñoz, sobre su exmujer, Raquel Díaz, hasta sentarla en una silla de ruedas en la que ahora se yergue ella, reivindicando sus derechos, su vida y la justicia.

Raquel lo consiguió a principios de enero, después de un interminable viacrucis vital y judicial, cuando la Audiencia Provincial de León le juzgó y condenó a cumplir 17 años de prisión por un delito de maltrato habitual, otros tres de maltrato en el ámbito familiar y uno por lesiones agravadas.

Tanto la Fiscalía como las acusaciones particulares pidieron entonces su ingreso en prisión por riesgo de fuga, algo que ha resuelto hoy, positivamente, un auto de la Sección tercera de la Audiencia Provincial de León, que dicta el ingreso de Pedro Muñoz en la prisión leonesa de Mansilla de las Mulas en un plazo de diez días.

Absuelto y condenado

En los antecedentes del auto que se da a conocer hoy desde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León figuran la solicitud de la prisión provisional, comunicada y sin fianza, solicitada por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Ponferrada en 2020 del entonces investigado y su posterior libertad provisional en 2022 como principio de un periplo que para la víctima supuso la lucha por la propia supervivencia y la costosa y dolorosa recuperación de unas lesiones que han transformado su vida por completo.

Muñoz fue absuelto, por sentencia del 10 de enero de 2024, de los delitos de asesinato en grado de tentativa, homicidio en grado de tentativa —por la concurrencia de la excusa absolutoria de desistimiento voluntario—, delito de amenazas en el ámbito familiar y delito leve de injurias en el ámbito familiar.

Por el contrario, fue condenado por delito de maltrato habitual en el ámbito familiar a la pena de dos años y seis meses, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante cuatro años, prohibición de aproximarse a una distancia inferior a quinientos metros de su víctima e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

A eso se sumaron otros nueve meses de prisión por otro delito de maltrato en el ámbito familiar, otro delito de maltrato en el ámbito familiar más con otros nueve meses de prisión, y un delito más de maltrato en el ámbito familiar cometido en el domicilio de la víctima, con otra pena de once meses.

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La sentencia añadió, por último, el definitivo delito de lesiones agravadas, con la concurrencia de las circunstancias agravantes de parentesco y de discriminación por razón de género, a la pena de doce años de prisión, inhabilitación y alejamiento idénticos, con dispositivo de control telemático impuesto al condenado.

Un millón y medio de euros

En concepto de responsabilidad civil derivada de los delitos cometidos, el acusado, señaló la sentencia, deberá indemnizar a su víctima con la cantidad de 1,5 millones de euros y a la Junta de Castilla y León con otros 100.000, así como al Servicio de Salud de la Comunidad de Castilla la Mancha con 48.000 más, con los intereses previstos para todas esas cantidades.

El Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares habían solicitado la prisión provisional de Muñoz en base a la duración de las penas impuestas en la sentencia, para evitar el riesgo de fuga y que pudiera atentar contra los derechos de la víctima.

La Sala ha acordado la prisión provisional, comunicada y sin fianza en los términos solicitados por el Ministerio Fiscal, notificando a Muñoz que “deberá ingresar voluntariamente en el Centro Penitenciario de Mansilla de las Mulas en el plazo de diez días a partir de la fecha de notificación de esta resolución”, pues, en caso contrario, se acordará su detención para su ingreso.