Uno de los casos más terribles en materia de violencia de género cierra un nuevo capítulo judicial, tras la decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia de ratificar la primera condena inicial a su autor.

La sentencia la ha pronunciado la Sala de lo Civil y Penal del Alto tribunal gallego y supone la confirmación de otra, la dictada por la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña. La resolución mantiene la condena a 23 años de prisión a un hombre por agredir sexualmente, maltratar, coaccionar y amenazar a su pareja. A estos hechos delictivos, además, se añade el de descubrimiento y revelación de secretos por enviar a otra mujer fotos de carácter íntimo de su pareja sin su consentimiento.

Los hechos descritos en la sentencia de la Audiencia coruñesa son terribles y recogidos también por el TSXG. Según la misma, el procesado mantuvo una relación sentimental con la víctima durante 19 años, tiempo en el que la pareja tuvo tres hijos.

A lo largo de los últimos años de convivencia en una vivienda situada en la capital herculina, según la resolución judicial "el comportamiento del condenado se orientó a reafirmar su superioridad respecto a su pareja y a sus propios hijos, intensificando una actitud previa".

La descripción de la Sala del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia deja bien a las claras la situación por la que ha pasado en ese tiempo la mujer e hijos del condenado. Precisamente, para “reafirmar” esa superioridad, se servía de "violencia física y verbal en todo tipo de situaciones, logrando crear, de este modo, en el núcleo familiar un estado constante de miedo y sumisión, que afectaba a todos los convivientes y que impedía una relación normal en el seno de la familia".

Ya la Audiencia de A Coruña consideró probado a partir de mayo de 2018 toda esta situación fue a peor. Esto se produjo cuando el condenado empezó "a insistir en los requerimientos a su pareja para que se plegase a sus exigencias sexuales, pese a que ella le manifestase en ocasiones su voluntad contraria a mantener relaciones, de forma clara y reiterada". Ante la negativa, en muchas ocasiones, la insultaba llamándole “puta” e “inútil”, con la clara intención de “despreciarla y humillarla, golpeándole o rompiendo objetos, resultándole indiferente que sus hijos estuvieran presentes".

Por miedo y por proteger a sus hijos, la víctima, según la sentencia, "nunca acudió a un centro médico ni denunció la situación vivida”. Sin embargo, todo cambio en mayo de 2019, cuando su hijo menor le hizo saber que, desde hacía años, su padre le obligaba a mantener relaciones sexuales con él.

La descripción que realiza la sentencia es de una situación propia de una película de terror, a pesar de lo cual, en su momento, tras conocerse la condena a 23 años de prisión en octubre del año pasado, el autor de estos hechos decidió recurrirla ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

Sin embargo, ahora la Sala de lo Civil y Penal del TSXG es contundente al indicar que no ha existido error alguno en la “tarea valorativa"; además, no solo no pone en duda la prueba practicada, de la que dice que “no hay tacha alguna de validez”, sino que incluso subraya que es “plenamente convincente y es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia”.