La concesión de subvenciones nominativas por parte de los gobiernos de Isabel Díaz Ayuso, en la Comunidad de Madrid, y de José Luis Martínez-Almeida, en la ciudad de Madrid, ha sido denunciada por la presunta ilegalidad de las mismas. En concreto, se trata de las subvenciones que se concedieron durante los ejercicios en los que se prorrogaron los presupuestos. Y una de las denuncias, la relativa a la Comunidad de Madrid gobernada por Ayuso pero que también afecta al consistorio madrileño, ha sido archivada por Juan Carlos Peinado, el mismo juez que abrió diligencias contra Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez. Además, ha sido archivada sin practicar diligencia alguna, y sin mencionar ninguna norma legal que le respalde el archivo.

Las denuncias en cuestión versan sobre las presuntas convocatorias y concesiones de subvenciones, sin respaldo presupuestario ni fiscalización previa, por parte de la Comunidad de Madrid y de sus organismos competentes para convocar y conceder subvenciones; así como por parte del Ayuntamiento de Madrid. Y radican en la época en la que ambos gobernantes prorrogaron los presupuestos de sus territorios, concretamente entre el 1 de enero y el 31 de enero de 2023.

En este periodo de tiempo, la Comunidad de Madrid convocó 2.739 subvenciones y concedió subvenciones a un total de 136.940 beneficiarios. Más detalladamente, el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso, con cargo al presupuesto prorrogado del año 2023 y de acuerdo a lo reflejado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, realizó en dicho periodo de tiempo un total de 281 convocatorias, lo que se tradujo en las 2.739 concesiones de subvenciones por un importe que supera con creces los cien millones de euros.

Relacionado Los protocolos de la vergüenza de Ayuso vuelven a los juzgados

Pero, según la normativa, la prórroga de presupuestos supone que, entre otros inconvenientes legales, las subvenciones carecen de crédito y de fiscalización previa, la cual es ineludible según dispone el artículo 9 de la ley 38/2003, general de subvenciones.

Esta ley señala que el otorgamiento de una subvención debe cumplir los siguientes requisitos: la fiscalización previa de los actos administrativos de contenido económico, en los términos previstos en las leyes; y la aprobación del gasto por el órgano competente.

Pero haciendo referencia también a la ley presupuestaria de la Comunidad de Madrid, ley 9/1990, se señala que la prórroga de los presupuestos no afectará los créditos para gastos correspondientes a programas que deban terminar en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan. Así, se limita la replicación automática de las subvenciones, nominativas o en régimen de concurrencia competitiva.

Esto quiere decir que las subvenciones son solo para el año de su convocatoria y no son prorrogables, en consonancia con otros pronunciamientos sobre dicha limitación, como es el caso de la Circular 1/19 de la IGAE (Intervención General de la Administración del Estado), que concluye que todos aquellos créditos que figuren en los estados de gastos del presupuesto prorrogado relativos a subvenciones con asignación nominativa pierden los beneficios de la ‘nominatividad’ en el presupuesto prorrogado.

Por todo ello, teniendo en cuenta que en 2023 la Comunidad de Madrid tenía los presupuestos de 2022 prorrogados al no llegar a un acuerdo con su socio preferente, Vox, y que en modo alguno las subvenciones concedidas -y objeto de denuncia- se corresponden con el deber de garantizar el correcto funcionamiento de la administración concedente ni de los organismos y entidades de ella dependientes, estas subvenciones serían presuntamente ilegales.

La Comunidad de Madrid habría convocado y concedido subvenciones a sabiendas de su improcedencia, sin dotación presupuestaria ni fiscalización previa. Ello supondría actuar deliberada al margen de la ley y comprometer a los adjudicatarios a un requerimiento, inexcusable, de reintegro; a la par que supondría una presunta disposición ilegítima de fondos públicos. Pese a la argumentación de la denuncia y las leyes que afectan a esta forma de obrar del gobierno madrileño, el juez Peinado decidió archivar la denuncia en la misma fecha en la que el denunciante compareció, sin hacer ningún tipo de diligencia ni comprobación ni citación.

El juez archiva la denuncia pese a su detalle y fundamento

El denunciante, respaldado por lo expuesto en este terreno por el Ayuntamiento de Madrid y las leyes en cuestión, así como lo determinado en la prórroga de presupuestos, no ha obtenido el interés del juez del Juzgado de instrucción número 41 de Madrid.

Aparte de no practicar diligencia alguna, Juan Carlos Peinado no menciona ninguna norma legal que permita el archivo de la denuncia en su auto de archivo. Únicamente se limita a apuntar que “en sí mismas no puede decirse que presenten algún elemento indiciario ni de un delito de prevaricación, ni de un delito de fraude de subvenciones, ni ningún otro, por lo que procede el sobreseimiento provisional y archivo de las presentes actuaciones”.

Conocimiento en el Ayuntamiento y la Comunidad

Volviendo a la convocatoria y concesión de estas subvenciones, conviene señalar el expreso y conciso conocimiento del Ayuntamiento de Madrid y de la Comunidad de Madrid, y sus responsables, de que con la prórroga de los presupuestos se ‘congelan’ las subvenciones.

En la página web del Ayuntamiento, en idéntica situación que la Comunidad por prórroga de cuentas, se señalaban las subvenciones que quedarían comprometidas de no aprobarse unos nuevos presupuestos para el ejercicio de 2023 -también debido al no acuerdo entre PP y Vox-. “No se rebajaría el IBI al mínimo legal del 0,4%, una medida que beneficiaría a 2,2 millones de recibos y que supondría un ahorro de más de 121 millones de euros; la no aprobación del presupuesto penalizaría la recepción de fondos europeos; se vería comprometida la construcción de una treintena de nuevos equipamientos; o decaerían subvenciones muy importantes a nivel social, lo que implicaría dejar de atender a unos 35.000 niños y a otras 17.000 personas en riesgo de exclusión social”, señalaban en aquel entonces desde el consistorio madrileño.

Pero pese a todas las pruebas presentadas por el denunciante, el juez del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha decidido archivar la denuncia perfectamente fundamentada. Una decisión del juez que contrasta con la que tomó al abrir diligencias contra Begoña Gómez por la denuncia del pseudosindicato ultraderechista Manos Limpias por presuntos delitos de tráfico de influencias.

No obstante, la denuncia de Manos Limpias estaba fundamentada en recortes de prensa ultraderechista, en bulos y no tiene ninguna prueba ni ningún documento que pueda demostrar que se hayan cometido los delitos de los que se acusa a la esposa del presidente del Gobierno. De hecho, el propio sindicato ultra reconoció que la denuncia podía contener información falsa.

Síguenos en Whatsapp y recibe las noticias destacadas y las historias más interesantes