Ha concluido la investigación encargada por el Juzgado de Instrucción número 2 de Vigo y, tras ello, ha decidido que la causa contra el alcalde socialista de Baiona, Carlos Gómez, ha de continuar.

Este procedimiento se abrió porque, según la denuncia presentada en su momento por la Fiscalía, el regidor se había sacado hasta cinco multas que le habían sido impuestas por aparcar en una zona de carga y descarga en la calle Elduayen de la localidad pontevedresa.

Precisamente, en un auto conocido hoy mismo el juez señala prosiga el procedimiento por “un delito continuado de prevaricación administrativa y falsedad documental por presuntamente simular tener una licencia de estacionamiento” y, de este modo, anular las mencionadas multas.

Además del alcalde, el magistrado también establece que se siga la causa respecto al Policía Local investigado por un delito de falsedad documental.

Con este paso, se insta a que se traslade al Ministerio fiscal y, si corresponde, a las acusaciones personadas para que formulen escrito de acusación solicitando la apertura del juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa. Esto, aclara el juzgado, sin perjuicio de que puedan, excepcionalmente, solicitar la práctica de diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación.

En su resolución, el juez encargado de conocer el asunto señala que, tras las actuaciones llevada a cabo, “se desprende indiciariamente que el alcalde de Baiona fue denunciado en cinco ocasiones, entre el 30 de abril y el 9 de junio de 2021, por agentes de la Policía Local de la localidad por estacionar un vehículo de su titularidad de forma indebida en zona de carga y descarga".

Como sucede en estos supuestos, las mencionadas denuncias se acompañan de las sanciones correspondientes en forma de expedientes. Curiosamente, el alcalde de Baiona, ya en calidad de investigado, en sus alegaciones esgrimió tras reconocer ser el conductor del turismo, estar en posesión de una “licencia de aparcamiento que le autorizaba para estacionar en esa zona, pero esos días, según su versión, la tenía colocada en otro vehículo de su propiedad”.

"Simular a una real"

El magistrado, sin embargo, argumenta para tomar su decisión que la licencia presentada por el regidor “para justificar dicho estacionamiento podría carecer de los elementos esenciales de validez (número de expediente administrativo, fecha y plazo de expedición, etc.) y podría simular a una real, pudiendo haber sido creada para ese trámite de alegaciones, de manera que indujera a error sobre su autenticidad, y habiendo recibido informe de la Secretaría del Ayuntamiento de Baiona, esta sostiene que no consta ningún procedimiento administrativo ni ningún tipo de expediente relativo a la expedición de dicha licencia".

De igual manera, también subraya que esa licencia, "aparentemente simulada” habría sido firmada tanto por el alcalde como por el agente investigado, que en aquellos momentos era el Oficial Jefe de Servicio de la Policía Local, "pudiendo haber cooperado, por tanto, ambos en la elaboración de dicha supuesta licencia".

También asegura que, si bien por regla general se solicita a los agentes que ratifiquen las denuncias interpuestas a través de un informe, en el caso de las relativas a Carlos Gómez, curiosamente, todas se sustituye “dicho trámite por un informe del agente investigado". La Unidad de Sanciones de Tráfico de la Diputación de Pontevedra, tras las alegaciones presentadas por el alcalde, emitió propuestas de resolución en el sentido de estimar las alegaciones y el archivo del procedimiento.

Por último, en su auto el instructor establece que el investigado, "con total desprecio al deber de abstención que existía, al concurrir en él la condición de denunciado y alcalde de la localidad de Baiona", procedió a la firma con fecha del 23 de agosto de 2021 de cinco resoluciones distintas "acordando estimar sus propias alegaciones y archivar todos los procedimientos sancionadores por estacionamiento indebido sin imponerse a él mismo ningún tipo de sanción”. Esta resolución no es firme y contra ella cabe la posibilidad de presentar recurso.