El pasado 9 de octubre el presidente de la Xunta de Galicia, Alfonso Rueda, anunció lo que denominó una ley de prevención contra las adicciones para regular conductas que en la actualidad repiten los jóvenes como son el consumo de bebidas energéticas, el vapeo la práctica del botellón. Ayer, el Consello de Goberno dio luz verde al inicio de la tramitación del Proyecto de ley de protección de la salud de las personas menores y prevención de conductas adictivas. El mejor resumen de esta normativa lo hizo ayer el propio Rueda en su comparencia ante los medios al indicar que dicha normativa “va a equiparar las bebidas energéticas al alcohol y los vapeadores al tabaco”.

En términos concretos, “quedará prohibida la venta y consumo de estos dos productos a menores de edad” en Galicia, según señaló.

Cabe recordar que esta ley se basa en los datos que se desprenden de la última encuesta ESTUDES, correspondiente a 2022 sobre tendencias de consumo de este colectivo, en lo que se refiere a alcohol, tabaco, cannabis, bebidas energéticas, juego y uso de internet y nuevas tecnologías. A partir de aquí, la Consellería de Sanidade ha preparado una normativa que, además de promover hábitos saludables, se encarga de regular su consumo, en particular entre los menores. En realidad, esta regulación, que con seguridad contará con el respaldo de todos los diputados de la cámara autonómica, sigue el mandato acordado en 2021 por unanimidad por el propio Parlamento de Galicia a través de una proposición no de ley.

Alfonso Rueda presumió este jueves de que esta normativa hace que “Galicia se sitúe a la vanguardia en la prevención de conductas adictivas en menores de edad”; asimismo, resaltó que el objetivo es “combatir los efectos perniciosos acreditados” de sustancias como los cigarros electrónicos o las bebidas energéticas.

Por su parte, el titular de Sanidade, Julio García Comesaña, arrojó luz a la hora de señalar que esta normativa persigue “prevenir más que castigar”. Con ella se quiere “concienciar a la sociedad gallega” sobre los efectos para la salud de estos productos y reducir “la tolerancia” que aún puede existir cara ellos.

El presidente de la Xunta de Galicia insistió en que la región “será pionera” en la regulación de las bebidas energéticas “que contienen altas dosis de cafeína y otras sustancias estimulantes”.

Prohibiciones para proteger al menor

Según recordaron desde la administración autonómica, en este proyecto de ley se prohíbe de manera específica su consumo por parte de menores, “dado que pueden producir alteraciones del sonido, ansiedad, irritabilidad, arritmias y otras problemáticas de carácter neurológico o psicocomportamental”. Las mismas fuentes insisten en que, al margen de lo anterior, “es preocupante su mezcla con alcohol, ya que las bebidas energéticas enmascaran los efectos depresivos de las bebidas alcohólicas”.

Una vez la ley entre en vigor, en Galicia, además de la prohibición de consumo en el caso de los menores, tampoco estará permitida la publicidad de bebidas energéticas dirigida a este colectivo.

Del mismo modo, quedarán vetados para su promoción los centros sanitarios, los docentes y, en general, aquellos destinados a menores, en espacios recreativos como parques temáticos, espacios de entretenimiento o divulgación y en recintos o espacios de actividades deportivas en el momento en que deportistas o practicantes sean mayoritariamente personas que no hayan cumplido los 18 años.

Precisamente, también estará prohibida la venta de bebidas energéticas.

La normativa no deja nada al azar y regula la adquisición de este tipo de productos. Así, como informó de que “las personas menores no tendrán permitido consumir ni comprar bebidas energéticas, estará prohibida su venta a menores así como su presencia en máquinas expendedoras”. En otros locales, este tipo de productos no podrá estar junto a los refrescos, y será exigible el DNI.

Alcohol y vapeo

Un apartado de la norma que, probablemente, pueda provocar algún tipo de controversia es en lo relativo al alcohol, sobre todo por cuestiones de competencia. Esto es así porque la ley incorpora como novedad que sean las jefaturas territoriales de Sanidade y no los Ayuntamientos las que puedan imponer sanciones a la práctica del botellón. Igualmente, este mismo órgano regional puede imponer sanciones a los concellos que permitan la presencia de botellones en sus territorios.

En lo referente a los cigarros electrónicos, el presidente gallego insistió en que “incluyen nicotina” y que “aunque a veces se venden son diseños pensando en la población más joven, no son productos para niños y adolescentes”. Tras esto y por tales motivos aclaró que Galicia prohibirá su compra y uso por parte de personas menores, equiparando la legislación de este producto a la normativa referente al tabaco.

Además, se establece la prohibición de fumar en las marquesinas y paradas del transporte público o en las piscinas de uso público y se regula un espacio libre de humo obligatorio de 50 metros a cada lado con respecto a dependencias de las administraciones públicas, recintos sanitarios o centros docentes y formativos.