Este viernes todos los grupos parlamentarios, a excepción de Partido Popular y Vox, han registrado la modificación del Reglamento del Congreso de los Diputados con el objetivo de que "establecer unas normas de convivencia y garantizar la labor de las y los profesionales de la información".

El texto, firmado por PSOE, Sumar, ERC, Junts, Bildu, PNV, BNG, Coalición Canaria y Podemos, da respuesta a las recurrentes peticiones que han formulado los periodistas parlamentarios que ejercen su oficio en la Cámara baja y busca el establecimiento de unos criterios deontológicos y de respeto hacia el trabajo de estos.

En el citado texto se recoge expresamente la reforma del artículo 98 del Reglamento cuyo siguiente paso será la admisión a trámite y, en caso de confirmarse, seguirá las correspondientes fases parlamentarias a fin de poder ser aprobado por el Pleno de la Cámara. Asimismo, incluye también la creación de un Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria formado por un miembro de cada uno de los grupos parlamentarios, así como la modificación del artículo 82, que busca habilitar el voto telemático en situaciones excepcionales debidamente acreditadas

Según se desprende del texto presentado este viernes, con esta última modificación se pretende ampliar las ocasiones en las que se permita este tipo de voto a distancia. Actualmente, está permitido en supuestos de embarazo, maternidad, paternidad, enfermedad grave o la participación de diputados en foros internacionales que impiden estar presencialmente en la Cámara en el momento de la votación. Así, con la propuesta de modificación se pretende introducir una nueva ampliación de los casos como la necesidad de atender al cuidado de familiares cercanos o su fallecimiento.

En caso de ser aprobada, "la Diputada o el Diputado cursará la oportuna solicitud mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara, que incluirá la justificación de que concurre alguna de las causas previstas en este artículo, bastando declaración responsable de la persona solicitante. La Mesa podrá requerir información adicional o documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos".

Una reforma contra "comportamientos inaceptables" en el ejercicio periodístico

Por otra parte, a través de esta propuesta de reforma del Reglamento, las constantes peticiones por parte de los profesionales de la información ha llevado a los grupos parlamentarios -salvo PP y Vox- a aplicar medidas que protejan los derechos del oficio y permitan ejercer el buen periodismo en las sesiones plenarias y en el día a día del Congreso.

Según se desprende del texto, "durante la presente legislatura, las personas que se dedican al periodismo parlamentario están viendo perturbado gravemente el ejercicio de su derecho a la información por otras que, pese a estar acreditadas por la Cámara como profesionales de la comunicación, se dedican a intimidar, faltar al respeto y dificultar sistemáticamente la labor de los y las periodistas que defienden que no se obstaculice el trabajo informativo en el Parlamento".

No obstante, los profesionales insisten en que la medida se lleve a cabo "sin que ello conlleve, en absoluto, limitar, restringir o menoscabar el derecho de los medios de comunicación de obtener y difundir información veraz para la ciudadanía".

Credenciales, reglas de cortesía y sanciones

Al hilo de lo anterior, y al margen del voto telemático, la reforma del artículo 98 contempla notables modificaciones que afectan de manera directa al desarrollo del ejercicio de los profesionales de la información. 

Tal y como se desprende del escrito, a través de esta reforma, la Mesa de la Cámara "regulará el procedimiento para la concesión y renovación de credenciales a los representantes gráficos y literarios de los distintos medios". En la misma línea, "fijará los requisitos que resulten exigibles atendiendo a la necesidad de respetar el derecho a la información veraz y el buen funcionamiento de la Cámara. Entre los criterios para la renovación de credenciales se tendrá en cuenta, en todo caso, la existencia de anteriores vulneraciones de lo dispuesto en este artículo, así como de las directrices y acuerdos de la Mesa".

Asimismo, los periodistas deberán respetar las "reglas de cortesía parlamentaria", así como las órdenes que dicte la Mesa. En este sentido, "nadie podrá, sin la correspondiente credencial, realizar grabaciones gráficas o sonoras dentro de las dependencias de la Cámara" y "tampoco se podrán realizar grabaciones de las sesiones de los órganos parlamentarios sin la autorización de la Presidencia del órgano".

Para velar por el cumplimiento de todo lo anterior, la reforma establece también una serie de sanciones, divididas en leves, graves y muy graves, a las que deberá responder el periodista autor de la infracción. Entre las primeras, se contempla la "omisión de información" solicitada en la credencial o el "acceso a espacios de uso común ajenos a los acotados para los representantes de los medios" sin autorización. 

Por lo que se refiere a las graves, entre ellas se señala "la inclusión de información falsa en la solicitud de la credencial", "la grabación de imágenes o audios sin la autorización de la Cámara o fuera de los espacios habilitados para ello", "el acceso a espacios reservados, tales como despachos o zonas de reunión, del recinto parlamentario ajenos a los acotados para los representantes de los medios de comunicación sin la preceptiva autorización", "interrumpir el orden de las ruedas de prensa o demás encuentros de los miembros de la Cámara con los representantes de los medios de comunicación", "no respetar las instrucciones formuladas por el personal de la Secretaría General a los efectos de velar por el cumplimiento del Reglamento", "la publicación en medios y redes sociales de imágenes obtenidas en contra de la normativa aplicable", "cualesquiera otros comportamientos que perjudiquen la actividad de la Cámara o el trabajo de otros representantes de los medios de comunicación" y "las infracciones leves que se hubieran producido en más de dos ocasiones o de modo que se perjudique de manera grave el normal funcionamiento de la Cámara".

Por último, establecen como infracciones muy graves "la inclusión de información falsa en un elemento esencial de la solicitud de la credencial", "la falta de respeto o a las reglas de cortesía frente a otras personas en el seno del recinto parlamentario y zonas de acceso al mismo", "la grabación de imágenes o audios mediante el uso de dispositivos ocultos o en los despachos de los miembros de la Cámara y en las zonas reservadas a los grupos parlamentarios", "la grabación de imágenes o sonidos sin la autorización de la Cámara o fuera de los espacios habilitados para ello que contenga datos de carácter personal o vulnere la intimidad de las personas", "interrumpir el orden de las sesiones parlamentarias", "cualesquiera comportamientos que perjudiquen gravemente la actividad de la Cámara o el trabajo de otros representantes de los medios de comunicación", "las infracciones graves que se hubieran producido en más de dos ocasiones o de modo que se perjudique de manera muy grave el normal funcionamiento de la Cámara".

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