Vox ha anunciado que solicitarán al juez Juan Carlos Peinado la comparecencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por el caso que rodea a su mujer, Begoña Gómez, a partir de una denuncia del pseudosindicato ultraconservador Manos Limpias. Una petición a la que según ha sabido ElPlural.com, se sumarán otras acusaciones populares. 

Por parte de la formación de Santiago Abascal, ha sido su portavoz en Europa, Jorge Buxadé, quien lo ha anunciado. Mientras tanto, este medio de comunicación ha podido conocer que hay otros nombres propios que elevarán esta intención al juez Peinado. Buxadé ha afirmado, a la salida de la declaración de Begoñhttps://cs.elplural.com/es/articles/edit/334019#related_contenta Gómez: "Si su mujer se ampara a ni declarar y no da las debidas explicaciones, Sánchez tendrá que venir a declarar como testigo y explicar de qué hablaron en las reuniones de Moncloa, a cuántas empresas y personas ha llamado para facilitar en su caso la labor y el trabajo de su mujer a través de todos esos artificios". Cabe recordar que hasta ahora son cuatro las acusaciones populares (Vox, Iustitia Europa, Hazte Oír y Manos Limpias). Todas ellas tienen un marcado carácter ultraconservador. 

Sin embargo, la petición de Vox, que busca otro circo mediático, caerá en saco roto aunque el magistrado acepte la petición. Dos son los motivos: el primero que el presidente del Gobierno puede solicitar que las preguntas le sean enviadas por escrito. Esto ya sucedió con la declaración de varios ministros en el caso Pegasus, donde el juez José Luis Calama envió el interrogatorio por escrito.

Los artículos de la LeCRIM

Este extremo viene delimitado en el articulo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: "Están exentos de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que tengan conocimiento por razón de su cargo: 1.º El Presidente y los demás miembros del Gobierno. 2.º Los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado. 3.º El Presidente del Tribunal Constitucional. 4.º El Presidente del Consejo General del Poder Judicial. 5.º El Fiscal General del Estado. 6.º Los Presidentes de las Comunidades Autónomas".

El segundo motivo, más fundamental todavía,es el que viene en el artículo 416.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y que exime a Sánchez de la obligatoriedad que tienen los testigos no solo de declarar sino de decir verdad en sus respuestas. Dice dicho artículo que están dispensados de declarar: "Los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil. El Juez instructor advertirá al testigo que se halle comprendido en el párrafo anterior que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas, y el Letrado de la Administración de Justicia consignará la contestación que diere a esta advertencia".

Por lo tanto, las aspiraciones de las derechas de poder ver otro circo mediático no es que sean prácticamente nulas, es que son del todo inexistentes con la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal en la mano. Pero por pedir que no quede.

boton whatsapp 600