El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha registrado este miércoles en los juzgados un escrito dirigido al juez Peinado, instructor de la causa contra su mujer, Begoña Gómez, en la que se investiga la comisión de los presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.  La misiva, elaborada, notificada y firmada por el propio Sánchez, llega después de que el pasado lunes el magistrado citase a declarar al líder del Ejecutivo en condición de testigo el próximo 30 de julio.

En la carta, el presidente se abre a colaborar con la Justicia, aunque reclama que su declaración, en virtud del cargo que ostenta y en cumplimiento de los establecido en el artículo 412.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se realice por escrito. Una opción con la que cuenta el líder del Ejecutivo y que entraba dentro de las variables futuribles tras ser citado a declarar después de que así lo reclamase, en el marco de la instrucción, la acusación particular conformada por Vox, Hazte Oír, Manos Limpias y otras asociaciones judiciales enmarcadas dentro de la extrema derecha.

Sánchez arranca su misiva dirigida al juez Juan Carlos Peinado García reconociendo que se enteró de la citación “a través de los medios de comunicación” el pasado lunes, 19 de julio, “en el seno de unas diligencias previas que se tramitan en su Juzgado”. Posteriormente, y tras el reconocimiento de este rara avis -enterarse a través de la prensa antes de ser notificado formalmente-, el presidente del Gobierno asegura que, “como no puede ser de otro modo”, tiene la voluntad de colaborar con la Justicia, “siempre en el marco del estricto cumplimiento de la Constitución Española y la Ley que a todos nos vinculan y que son la máxima garantía de nuestro Estado de Derecho”.

“Por ello, con el fin de garantizar el estricto cumplimiento del Ordenamiento Jurídico y dadas las cuestiones que son objeto del citado procedimiento, esa declaración debe producirse conforme a lo establecido en el art. 412.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que prevé que, por razón de mi cometido como Presidente del Gobierno, mi declaración se deberá prestar por escrito”, prosigue, aclarando que es “notorio” que la comparecencia resulta inescisible con su condición de líder del Ejecutivo.

Posteriormente, e interpelando directamente al instructor de la causa, remata la misiva reivindicando formalmente el cumplimiento del marco constitucional y de lo establecido en la ley: “No tengo duda de que V.I. compartirá la necesidad del máximo respeto a nuestro marco constitucional y legal y, por lo tanto, a lo establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal respecto a la institución del Presidente del Gobierno”.

La citación

Fue el pasado lunes cuando el juez Peinado citó a declarar al propio Sánchez el próximo 30 de julio. De esta forma, el magistrado cumplía con una de las peticiones de Vox, quien ejerce de acusación particular en una causa donde la extrema derecha está consiguiendo marcar los tiempos procesales y el número de testigos e implicados de la investigación. El instructor, en una providencia a la que tuvo acceso ElPlural.com, aseguraba que considera "conveniente, útil y pertinente" recibir declaración de Pedro Sánchez.

No obstante, para esta citación, muy polémica y recurrido tanto por la Fiscalía General del Estado como por la defensa de Begoña Gómez, el juez indicaba que lo más conveniente es que él se desplazase hasta el Palacio de La Moncloa para tomarle declaración. Un escenario que finalmente, si se cumple la demanda realizada por el presidente del Gobierno en la misiva a la que ha accedido este medio, no se cumplirá.

Y es que Sánchez, en virtud del artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tiene la potestad de testificar por escrito, tal y como deja claro el articulado: “Están exentos de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que tengan conocimiento por razón de su cargo: 1.º El Presidente y los demás miembros del Gobierno. 2.º Los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado. 3.º El Presidente del Tribunal Constitucional. 4.º El Presidente del Consejo General del Poder Judicial. 5.º El Fiscal General del Estado. 6.º Los Presidentes de las Comunidades Autónomas".

Los recursos y los fallos de forma

Dónde se realizará la declaración no es la única polémica que rodea a la citación. Tanto la Fiscalía General del Estado como la defensa de Begoña Gómez, acusada de tráfico de influencias y corrupción en los negocios pese a la inexistencia de pruebas -según la propio Unidad Central Operativa de la Guardia Civil-, consideran que la declaración del presidente del Gobierno no aporta valor y solo forma parte del circo mediático y judicial que rodea a la causa.

El abogado de Begoña Gómez, Antonio Camacho, explicaba en su recurso, al que ha tenido acceso ElPlural.com, que "la fundamentación que hace el Órgano Instructor de una diligencia tan trascendental, en un Estado de Derecho, como lo es la citación del presidente de Gobierno solo podemos calificarla como inexistente desde un punto de vista estrictamente jurídico". En su escrito, Camacho también se mostraba sorprendido porque el juez aluda a dos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que directamente no existen.

"¿Qué se espera que declare el testigo llamado sobre la actividad atribuida a su esposa? ¿Que sea la primera persona de los llamados que afirme esa influencia y prevalimiento?¿Qué la conocía o qué participó? ¿Qué colaboró? ¿Que fomentó la actividad? Porque la parquedad de la resolución dictada (esa es otra cuestión), no nos permite conocer ciertos extremos de la misma", preguntaba el fiscal.

La acusación particular, convencida de la imputación

Y tras la declaración como testigo, ¿la imputación? Al menos esto es lo que reclama la acusación particular y lo que están convencidos que el juez Peinado les concederá. Un incremento en la espectacularización de la causa que Vox, Manos Limpias y compañía están seguros de que llegará después de que el instructor tome declaración al presidente del Gobierno. 

Así se lo trasladan fuentes internas de la acusación a ElPlural.com. También lo reconocen en público algunos de sus abogados, como es el caso del controvertido youtuber Aitor Guisasola, líder del Movimiento de Regeneración Política de España, una organización radical que va en contra de los partidos políticos y del Estado.

Una ansiada imputación, a ojos de la acusación, que va en línea de lo que denunciaba la propia Fiscalía en el recurso presentado tras la citación a Sánchez. De hecho, el Ministerio Público advertía de que a lo largo de la causa los testigos cambian su condición a investigados a conveniencias y sin pruebas que hagan preceptivo este cambio procesal: "En los últimos tiempos además se ha citado a testigos que inmediatamente y sin motivación alguna o con meras remisiones genéricas a testigos y documentos, han visto mutada su situación procesal a la de investigados, resultando preocupante cómo se usa y toma en consideración sus propias declaraciones testificales bajo juramento y apercibidos en forma, para empeorar dicha condición tras dichas declaraciones", exponía el fiscal.

boton whatsapp 600