Ayer entró en vigor el registro obligatorio de horas trabajadas. Una norma que dice que los empresarios han de acordar con los trabajadores un sistema que registre las horas trabajadas, que no sea manipulable, que pueda estar a disposición de empleados y empleador por igual y que se conserve durante cuatro años para ser puesto a disposición de la Inspección de Trabajo. Sin embargo la norma no concreta mucho más. Ni siquiera se ha emitido una circular a los inspectores de Trabajo para ver de qué manera tienen que hacer efectiva la norma. Lo que se pretendía hacer como una medida flexible para que los registros se adaptasen a cada centro de trabajo está provocando no pocos quebraderos de cabeza. La desorientación de empresas y empleados está retrasando la puesta en práctica de la norma. Hasta tal punto que Trabajo dice que los primeros meses se aplicará la norma "con flexibilidad". La propia ministra, Magdalena Valerio, ha declarado que el registro tiene que aplicarse "sin agobios".

Para resolver esta situación, el Ministerio ha anunciado que este mismo lunes publicará una guía práctica que sirva para orientarse dentro de los amplios márgenes que parece dar la norma. No hará, sin embargo más desarrollos normativos, como reglamentos u órdenes ministeriales. A través de un comunicado Trabajo recuerda además que las jornadas especiales de trabajo ya están reguladas por el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo. 

En España se hacen demasiadas horas extra que no se pagan. Según la Encuesta de Población Activa (EPA), 2,6 millones semanales en los primeros tres meses de este año. Estas horas no sólo suponen sueldos que no se pagan a los trabajadores, sino además cotizaciones que no se abonan a la Seguridad Social y suplen de manera poco productiva tareas que podrían equivaler a 156.000 empleos a tiempo completo, según cálculos del sindicato Comisiones Obreras (CCOO).

En el momento de publicarse esta noticia, la web del ministerio de Trabajo​ no había publicado aún la guía.