Tras el pacto alcanzado entre el Gobierno y el sector financiero para aliviar la presión hipotecaria derivada de las subidas de los tipos de interés, las preguntas sobre este no hacen más que sucederse. Así pues, dichas medidas pactadas entre el ministerio de Asuntos Económicos, con Nadia Calviño a la cabeza y el sector financiero serán de carácter opcional para los últimos.

No obstante, son varias las entidades bancarias que han decidido sumarse a la iniciativa a pesar de las críticas que el acuerdo ha recibido por parte no solo de la oposición si no también desde el ‘ala morada’ del Ejecutivo, que considera la medida “sustancialmente mejorable”.

¿En qué consiste la reforma hipotecaria?

El acuerdo recoge la voluntad del Ejecutivo de aliviar la presión de las familias con respecto a los préstamos hipotecarios. Con la subida de los tipos de interés que los Bancos Centrales están llevando a cabo para domeñar la inflación, las hipotecas se están viendo seriamente encarecidas.

Situación especialmente sangrante para aquel sector de la población más vulnerable, precisamente al que va dirigido la medida. De esta forma, el Ejecutivo calcula que más de un millón de familias podrían beneficiarse de este acuerdo.

Esta medida no solo ampara a los deudores vulnerables que recoge el Código de Buenas Prácticas de la banca que lleva vigente desde 2012 y al que se pueden acoger unidades familiares con una situación económica complicada como familias numerosas, monoparentales con hijos a cargo, con alguno de sus miembros tenga con discapacidad superior al 33%, familias con una víctima de violencia de género o deudores mayores de 60 años.

Si no que también aquellos hogares en los que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere el límite de tres veces el IPREM anual de catorce pagas (unos 25.200 euros anuales), podrán ser considerados como deudores vulnerables.

Así las cosas, el acuerdo alcanzado entre Gobierno y entidades bancarias recoge que todas aquellas personas que se consideren como deudores vulnerables podrán solicitar la reestructuración de su préstamo hipotecario con un tipo de interés más bajo durante un periodo de carencia de 5 años. Es decir; el Euríbor se mantendrá congelado en -0,1%, frente al 0,25% actual, durante el periodo de carencia. También se amplía el plazo en dos años para solicitar la dación en pago de la vivienda.

Sin embargo, la medida impulsada por el Gobierno no se queda ahí, si no que, ampliando su ámbito de actuación, permite que aquellas familias con renta inferior a 25.200 euros al año y  que dediquen más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca, puedan acogerse al Código con una carencia de 2 años, un tipo de interés menor durante la carencia y un alargamiento de dicho periodo de hasta 7 años.

También se reducirán los gastos y comisiones con el objetivo de facilitar y abaratar el cambio de tipo variable a tipo fijo y se eliminarán durante todo 2023 las comisiones por amortización anticipada y cambio de hipoteca de tipo variable a fijo.

¿Cuánto tendrán que pagar las familias beneficiadas?

La pregunta resulta obligada, teniendo en cuenta una hipoteca media de 150.000 euros a devolver a 30 años, el pago mensual ascendería a los 416,66 euros. No obstante, con la nueva medida y, tras la revisión de los tipos de interés, verá reducida su cuota durante el periodo de carencia de 5 años hasta en un 50%, situándose en unos 208,33 euros.

¿A quiénes beneficia el acuerdo?

Resulta evidente que la medida está dirigida a aliviar la presión hipotecaria sobre los más vulnerables. Sin embargo, el pacto alcanza también a proteger a la clase media que con la crisis inflacionista también puede verse arrastrada a una situación de riesgo hipotecario.

Así pues, el acuerdo contempla que también podrán beneficiarse los hogares con una que no supere en tres veces y media el IPREM (29.400 euros anuales) con hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022, una carga hipotecaria superior al 30% de su renta y que haya subido al menos el 20%. Para ellos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota, un tipo de interés menor sobre el principal aplazado y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años. En otras palabras, mismo mecanismo con variación de cifras.