El dictamen del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el Indice de Referencia Préstamos Hipotecarios (IRPH) provocó un auténtico terremoto bancario nada más conocerse, que quedó finalmente en sobresalto al hacerse públicos los detalles del mismo. La Bolsa, que recibió la noticia con fuertes caídas en los títulos bancarios, avaló su buena salud y todos las entidades bancarias cotizados cerraron en verde.

¿Por qué este vuelco que alivia al sector? El propio dictamen abre una vía que da un respiro al sector financiero. A la espera de la sentencia definitiva, que se emitirá a finales de año o principios de 2020, el texto completo de Maciej Szpunar, fuentes bancarias consultadas por ElPlural.com confirman que la situación no es tan dramática como a priori podría parecer. En este sentido, creen que las consideraciones sobre transparencia que hace el letrado avalan la actuación de la banca y certifican que no era necesario informar sobre escenarios futuros ni ofrecer a sus clientes comparativas entre índices diferentes.

Aunque reconocen que el dictamen avala la posibilidad de que haya reclamaciones por estas hipotecas, les da, al mismo tiempo, una vía de escape. "El conjunto de consideraciones anteriores me lleva a concluir que la entidad bancaria cumplió la exigencia de transparencia impuesta por la Directiva 93/13", indica Spuznar textualmente en relación a una hipoteca vinculada al IRPH.

Apunta a que no habrá gratuidad de los préstamos

Estas mismas fuentes subrayan que el abogado general no se pronuncia sobre cuál sería la consecuencia de que finalmente el TJUE falle que hubo falta de transparencia.  En cualquier caso, sí parece excluir la gratuidad de los préstamos al afirmar que la claridad de la cláusula permite al consumidor conocer que “en cada cuota de devolución, debía pagar un precio determinado, más o menos estable, a saber, el resultado de la suma del IRPH Cajas más un diferencial”.

Comunicado de la patronal bancaria

Por su parte, las patronales de los bancos, la AEB, y y CECA emitieron un comunicado en la misma línea destacando que el abogado no ha declarado “nulo ni abusivo ni la cláusula que lo incorpora al contrato de préstamo” y “reafirma” que son los tribunales españoles los que deberían pronunciarse, en su caso, por su correcta comercialización”.

¿Qué es el IRPH?

El IRPH es un índice elaborado por el Banco de España, que se calcula según la media de los tipos de interés de los créditos de las hipotecas que conceden los bancos. Es el segundo índice más utilizado para referenciar los préstamos variables para la adquisición de una vivienda por detrás del Euríbor.

Se estiman que hay aproximadamente un millón de hipotecas ligadas a este índice por un importe cercano a los 18.000 millones de euros. En su momento, con un Euríbor que llegó al 4,489% supuso una opción de estabilidad muy atractiva para aquellos que no querían sobresaltos.

Cuando en 2013 el euríbor comenzó a bajar del 1%, llegando a 0 posteriormente, mientras que el IRPH se estabilizó alrededor del 2%, algunos clientes reclamaron judicialmente la nulidad de las hipotecas alegando que no se les informó sobre el funcionamiento de este índice y que hubo falta de transparencia.