Metidos ya de lleno en precampaña electoral al gobierno en funciones de Mariano Rajoy puede llegarle esta semana una muy mala noticia desde Luxemburgo. Una noticia que supondría el pago de casi 3.000 millones de euros. Y es que será este jueves cuando la Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Eleanor Sharpston, haga público su dictamen acerca de una cuestión planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº6 de Murcia relativa a los intereses de demora del plan de pago a proveedores.

Durante los años 2012, 2013 y 2014 el Ministerio de Hacienda abonó a las empresas el importe de las facturas que les adeudaban, hasta ese momento, autonomías y ayuntamientos. En total, 41.814 millones de euros para pagar más de 8 millones de facturas.

Pero, a cambio del pago de la deuda, los proveedores debían renunciar a los intereses de demora que les correspondían. Muchos de estos proveedores denunciaron y en varios casos, como el de los farmacéuticos de Valencia, la justicia ya les ha dado la razón. 

Fuentes conocedoras del caso han señalado que todo indica que ahora el Tribunal de Luxemburgo también se va a inclinar por condenar a España. Y eso supondría, como decimos, que el gobierno en funciones o el que salga de las urnas el próximo 26 J tendrá que abonar casi 3 mil millones de euros por este concepto a unos 200.000 pymes y autónomos.

Aunque lo que ocurra este jueves en Luxemburgo no es último paso (habrá que esperar todavía semanas para la sentencia definitiva) el Tribunal de Justicia de la UE suele pronunciarse en la misma línea que el Abogado General.

Antonio Martínez, CEO de portalabogados.es, representante de una decena de empresas del sector de transporte de viajeros, explicaba a ElPlural.com que, en caso de decisión favorable , a partir de este jueves los afectados comenzarán a acudir a las administraciones correspondientes (ayuntamientos o autonomías) para recuperar esos intereses de demora ya que éstos prescriben a los 4 años y, en muchos casos, ese plazo se cumple este mes de mayo.

La decisión del Tribunal de Luxemburgo tendrá carácter vinculante y sentará jurisprudencia.