Cinco años han pasado desde que la patronal y los sindicatos firmaron el último Acuerdo Estatal de Negociación Colectiva (AENC), vigente durante los años 2018,2019 y 2020. Este miércoles, CEOE y Cepyme, por parte de las empresas, y UGT y CCOO, por parte de las organizaciones sindicales, han plasmado sus firmas sobre el papel durante un acto de celebración que ratifica el nuevo consenso alcanzado entre los agentes sociales. Sin embargo, más allá del intercambio de palmadas en la espalda y de las felicitaciones procedentes de la esfera política, lo cierto es que el acuerdo alcanzado no tendrá efectos directos.

Quizá este sea el aspecto más negativo. Años para alcanzar un acuerdo que tan solo es “una recomendación”, “una guía”. Los sindicatos aseguran que será vital para que desbloquear los más de 1.300 convenios que están pendientes de firmar y la patronal garantiza que traerá la paz social, pero la lucha para que los convenios sean justos, las subidas salariales garanticen el poder adquisitivo de los trabajadores y se avance en materia de derechos laborales seguirá en las mesas de negociación sectoriales y empresariales, alejada de estos grandes acuerdos entre líderes y con particularidades que propiciarán grandes diferencias entre trabajadores.

Además, será en aquellos sectores más precarizados y con menor peso sindical, como la Agricultura o la Hostelería, donde será más complejo conseguir que lo firmado se reproduzca, a pesar de que los trabajadores de estos sectores han sufrido en mayor medida el golpe de la inflación por lo bajo de sus salarios. No es una premonición pesimista: el propio presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ya ha advertido que habrá margen para subir los salarios “dependiendo de en qué sectores” y asegura que ya existen empresarios que están encontrando problemas para pagar el SMI (1.080 euros al mes), por lo que parece optimista esperar que acepten las subidas salariales.

Los trabajadores no recuperarán lo perdido en 2022

Las patronales han conseguido una de sus principales pretensiones, que la inflación del 8,5% de 2022 no tenga presencia en el AENC. Los sindicatos han renunciado a recuperar el poder adquisitivo que los trabajadores perdieron el pasado año, por lo menos en lo que al texto firmado se refiere. Nuevamente, los representantes sectoriales de los trabajadores deberán ser los que peleen esto en las mesas de negociación, aunque lo tendrán realmente complicado al no contar con un acuerdo que los respalde. “Las partes negociadoras de cada uno de los ámbitos afrontarán las negociaciones buscando soluciones, en base a la situación y la realidad de su propio ámbito”, versa el documento.

Las subidas que sí se han pactado -4% para 2023, 3% para 2024 y la misma cantidad para 2025- tampoco garantizan nada a los trabajadores. “Los negociadores deberán tener en cuenta las circunstancias específicas de su ámbito para fijar las condiciones salariales, de tal manera que la aplicación de las directrices anteriores (las subidas reflejadas) podrá adaptarse en cada sector o empresa, con situaciones muy desiguales de crecimiento, resultados o incidencia del incremento del SMI, teniendo como objetivo el mantenimiento y la creación de empleo”, recoge el AENC, evidenciando que lo firmado no garantiza de ninguna manera que las subidas salariales sean las pactadas, pudiendo ser superiores o no llegarse si quiera a producir.

Otra problemática que se suscita es la relativa a las tablas salariales, que el texto señala que “deberán ser coherentes con la clasificación profesional establecida en el convenio”. Ahora bien, si una tabla salarial de un convenio caducado desde hace años contempla salarios bajos, dado que no han evolucionado desde que finalizase su vigencia, incluso por debajo de lo establecido legalmente según la legislación actual, y la subida del 4% que se produciría este año de consensuarse un convenio se aplicaría sobre estos valores, como han confirmado fuentes sindicales a ElPlural.com, qué beneficio traería a los trabadores.

Este caso puede ejemplificarse con el convenio colectivo del sector de la prensa diaria, caducado desde el 1 de enero de 2022, que refleja un salario para el grupo 6 de 13.767,08 euros anuales, más de 1.000 euros por debajo del SMI (15.120 euros). Si se aplicase una subida del 4% ha dicho salarios, la cuantía anual se situaría en los 14.317,76 euros anuales este año, 14747,30 euros en 2024 y 15.189,71 euros en 2025. Este ejemplo, que se reproduce en cientos de convenios colectivos, muestra que la progresión del 10% a tres años contemplado siquiera situaría el salario anual 70 euros por encima del mínimo en 2025, sin tener en cuenta que el SMI podría incrementarse en tres años.

A los incrementos pactados, podría sumarse lo contemplado en la cláusula de revisión salarial. Esta exigencia de los sindicatos, que finalmente se refleja de forma más tibia, contempla un incremento adicional del 1% en cada uno de los tres años si las subidas contempladas son inferiores a la inflación media anual, pudiendo llegar a ser del 5% para 2023 y del 4% para los dos años posteriores, siempre y cuando la inflación media supere el 4% este año y el 3% en 2024 y 2025. Utilizando el mismo ejemplo anterior, y suponiendo que el IPC superase los valores los tres años, el salario sería de 14455.43 euros para 2023, 15033,64 en 2024 y 15.635 en 2025.

Jóvenes y mayores

El AENC guarda también espacio, aunque no muy amplio, para la contratación juvenil y los nuevos modelos de jubilación. En lo referido a los jóvenes, que parece no verán el nacimiento del Estatuto del Becario, insta a la negociación colectiva a impulsar su contratación, “promoviendo los contratos formativos y la formación dual como vía de inserción y recualificación”. Más allá, delega en la firma de convenios colectivos contemplar la conversión de los contratos formativos en contratos indefinidos, la retribución de los contratos de formación y práctica profesional, el puesto de trabajo que podrá ocuparse con este tipo de contratos, el periodo que dura la práctica y demás variables contractuales.

El texto aborda de igual manera la jubilación, centrándose en las modalidades parciales y flexibles. Así, recoge que los convenios colectivos “podrán reconocer” el acceso a jubilaciones parciales a través de contratos relevo, siguiendo la normativa vigente, y “potenciarán” fórmulas de jubilación gradual y flexible. Los firmantes consideran que, de trasladarse estas recomendaciones, se facilitaría de la vida activa a la jubilación, a la par que se rejuvenecerían las plantillas y se garantizaría el relevo laboral, combatiendo el envejecimiento que amenaza al mercado laboral.

Absentismo laboral

Otro aspecto que han dotado de importancia los firmantes del acuerdo es el absentismo laboral -entendido como la ausencia en el puesto de trabajo sea la causa justificada o no- y, en este caso, la patronal ha vuelto a salir ganando. Ambas partes se han mostrado sumamente preocupadas por el crecimiento de los indicadores que hacen referencia a esta variable, motivo por el que consideran necesario “establecer procedimientos y ámbitos” que analicen las causas, incidencia y duración de los procesos y conseguir reducir la “frecuencia y duración” de los tiempos.

Uno de los triunfos de las empresas es la petición de que “los recursos de las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social” contribuyan a revertir la situación, dando mayor poder a estos actores privados e instando a las administraciones públicas con competencias a “desarrollar convenios con dichas Mutuas”. No obstante, los sindicatos defienden que la puesta a disposición de estos recursos no dota de mayor poder a las Mutuas. Además, el texto llama a activar “ámbitos tripartitos nacionales y autonómicos” que analicen la incapacidad temporal por contingencias comunes, estudien el impacto que la respuesta del Sistema Nacional de Salud da sobre esa variable y el establecimiento de líneas de actuación que protejan a los trabajadores y reduzcan el número de incapacidades y la duración de estas.

Teletrabajo y desconexión

Las nuevas variables laborales, que cada vez tienen mayor peso en el mercado laboral, aunque llegan más despacio al español, ocupan un gran espacio en este AENC. Sobre el teletrabajo, las recomendaciones dirigidas a las mesas de negociación buscan incentivar esta manera de desempeñar la actividad laboral. Para ello, pide a los propios negociadores que introduzcan en los convenios los puestos, funciones, condiciones y demás detalles de esta manera de trabajar.

Respecto a la desconexión digital, derecho que muchos trabajadores no pueden disfrutar en su día a día debido al aprovechamiento de sus superiores de las herramientas digitales para ordenar o requerir trabajo fuera de horario, el AENC recuerda que la normativa “garantizará el derecho a la desconexión digital tanto a las personas trabajadoras que realizan su jornada de forma presencial como a las que prestan servicios mediante nuevas formas de organización del trabajo”. Apoyándose en esto, señala que se debería contemplar en los convenios el derecho “a no atender dispositivos digitales fuera de la jornada de trabajo”.

Sin embargo, deja abierta la puerta. “La conexión voluntaria de una persona trabajadora no conllevará responsabilidades de la empresa”, recoge. “Si se produce cualquier tipo de llamada o comunicado fuera de la jornada laboral, las personas trabajadoras no estarán obligadas a responder, ni los superiores jerárquicos podrán requerir respuestas”, añade. Lo cierto es que las relaciones laborales no suelen responder a estas variables y la “conexión voluntaria” o “no estar obligadas” no parecen mecanismos que garanticen que los trabajadores podrán disfrutar de su tiempo libre sin que el trabajo penetre en este también.

No obstante, igual que todos los aspectos citados, todo quedará en mano de los negociadores sectoriales. Más de 1.300 convenios siguen sin firmarse y, si bien este acuerdo da los contendientes de las mesas un punto de inicio y unos máximos y mínimos de los que partir, ni de lejos garantiza que estas condiciones o siquiera similares vayan a trasladarse a la mayoría de convenios colectivos. La lucha entre agentes continuará siendo sectorial, gremial y a nivel empresarial y aunque un principio de acuerdo entre partes siempre es positivo, hablar de “subidas salariales para los trabajadores” es, cuanto menos, un futurible.