Por primera vez en la historia, una eléctrica y varios de sus directivos han sido juzgados por manipular el precio de la energía. FACUA pide para cada uno de ellos 3 años de cárcel y una multa de 107,5 millones para Iberdrola.

El caso Iberdrola ha quedado visto para sentencia. Por primera vez en la historia, una eléctrica y varios de sus directivos han sido juzgados por manipular el precio de la energía. El juez de la Audiencia Nacional José Manuel Clemente decidirá ahora si unas prácticas que fueron objeto de una multa de 25 millones de euros de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por vulnerar la Ley del Sector Eléctrico representaron también un delito contra el mercado y los consumidores.

FACUA, que ejerce la acusación particular, ha rechazado los argumentos de la defensa de los acusados y considera probado que la eléctrica provocó de forma fraudulenta que se inflaran los precios de la electricidad en el mercado mayorista. Lo hizo mediante la paralización de la producción de varias de sus centrales hidráulicas para que entraran otras energías más caras en la puja de la subasta diaria donde se deciden los precios del mercado mayorista.

Mantenemos por ello nuestra petición de penas de tres años de prisión y 18 meses de multa por delitos contra el mercado y los consumidores cometidos en grado de autor para los cuatro acusados, y de una multa de 107,5 millones de euros para la compañía, el quíntuple de los beneficios que la CNMC estimó que había obtenido debido a dicha actuación.

Con base en las pruebas practicadas durante las vistas, creemos que ha quedado probado que Iberdrola disminuyó de manera consciente la producción hidráulica de tres de sus centrales, inflando gradualmente el precio de la energía, lo que le permitió obtener un beneficio económico de 21,5 millones de euros, tal y como determinó la CNMC, causando un daño considerable al mercado y a los consumidores.

Las defensas de los acusados han tratado de justificar que la reducción en la oferta de energía hidroeléctrica se debió a factores climáticos como la sequía o incluso a la automatización en la fijación de precios. Sin embargo, FACUA considera que las pruebas y varios de los testigos que han declarado en el juicio han demostrado que la conducta llevada a cabo por la eléctrica y los cuatro acusados no se sustenta en causa legal, ambiental, ni circunstancial que la ampare.

También ha quedado acreditado que el sobrecoste provocado por las prácticas que llevó a cabo Iberdrola se trasladó directamente a los consumidores, causándoles un perjuicio económico.

Así, los informes de los peritos de la CNMC han determinado que la alteración de precios afectó tanto al mercado de contado como al de futuros, y que la reducción de energía hidráulica por parte de la compañía fue intencionada y sin justificación. De hecho la comparación entre las centrales de Iberdrola y las de su competencia, Endesa, mostró una producción significativamente mayor en la segunda bajo condiciones similares, lo que evidencia una vez más la conducta irregular de Iberdrola.

La decisión judicial, de suponer una condena, lanzaría un mensaje al sector eléctrico que millones de consumidores llevamos mucho tiempo esperando. El de que no se pueden cometer irregularidades con impunidad, el de que manipular los precios para inflar sus beneficios puede tener consecuencias mucho más graves que una sanción económica. Crucemos los dedos.

Soy Rubén Sánchez y en ocasiones veo fraudes.

Editorial del episodio 33 del pódcast En Ocasiones Veo Fraudes