PREGUNTA

Buenos días, soy afiliado de UGT, y tengo una consulta.

Yo trabajo en una Bodega de un pueblo de Toledo, mi hermana va a dar a luz en Cáceres y desde la empresa me han dicho que no me pertenecen días libres para bajar al nacimiento de mi sobrino.

La empresa me argumenta que según el convenio de industrias vinícolas de Toledo, únicamente me pertenecerían días libres por enfermedad, o enfermedad grave que suponga ingreso hospitalario.

He estado indagando, pero creo que lo mejor es que me resolváis vosotros la duda

Gracias

RESPUESTA

Hola,

Los permisos retribuidos, se encuentran recogidos en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, y efectivamente, entre ellos no se recoge ningún supuesto para nacimiento de sobrinos.

Incluso con la nueva regulación del permiso de paternidad, se suprimieron del mismo artículo los famosos “dos días por nacimiento de hijo”.

Puede solicitar a la empresa que te facilite el convenio colectivo y comprobarlo tú mismo, pero no suele ser habitual que el convenio recoja permisos por nacimientos de sobrinos y mirando el artículo 27 del convenio que nos indicas, tampoco vemos que se recoja ese supuesto.

De todos modos, puede ser factible que lo comentes con la empresa y llegar a algún tipo de acuerdo por el que te permitan ausentarte dos días, y pactar entre vosotros la forma de recuperación y/o compensación.

Saludos.