PREGUNTA

Buenos días,

Tengo derecho a un día de permiso remunerado para concurrir a un examen oficial de una OPE?

¿Esto depende de mí convenio colectivo o vendría ya contemplado en el ET?

Un saludo

RESPUESTA

Hola,

Los permisos retribuídos vienen recogidos en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores; si bien, deberás consultar el convenio colectivo que te sea de aplicación para comprobar si a través de convenio, se mejora lo contemplado en el estatuto.

Sin embargo, para encontrar algún aspecto relativo a la concurrencia de las personas trabajadoras a exámenes, nos tenemos que ír al artículo 23.1.a del propio Estatuto que establece que el trabajador podrá obtener permiso para concurrir a exámenes, pero sin determinar el carácter retribuido o no de estos permisos.

En consecuencia, cabe entender que el permiso para acudir a exámenes no será retribuído, a menos que por convenio colectivo se encuentre recogida esa mejora.

Esperamos haberte ayudado.