Eva Cárdenas, mujer de Alberto Núñez Feijóo, no disfruta de los permisos para el muro de contención del que dispone la vivienda de la que es propietaria y que se encuentra en las proximidades de la playa de O Con, en Moaña (Pontevedra).
El Concello de la localidad gallega emitió el archivo municipal petición mediante del Servicio Provincial de Costas, organismo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica, en cuya documentación figura la licencia de construcción del chalet a nombre de José Benito Porto Rial en 1940.
Asimismo, aparece la licencia de obras para construcción de cierre a nombre de la misma persona dos años después, y más tarde la comunicación previa para la reforma de la “mansión ilegal” -así la define Miguel Delgado, presidente de Pladesemapesga- a nombre del mismo titular. También figura una licencia de obra para la construcción de la piscina y el muro de contención, aunque finalmente renunció a esto último.
Siguiendo un orden cronológico de los hechos más recientes, tras la alegación de la pareja de Feijóo por la que pidió la concesión del terreno localizado en dominio público marítimo-terrestre durante 30 años más (hasta 2037), Costas remitió una petición de información al consistorio acerca de posibles derechos que pudieran corresponder en aplicación de la disposición transitoria de la vigente Ley de Cosas (fechada en 1988) en relación con los usos y aprovechamientos existentes, antecedentes de interés y licencias urbanísticas u otras autorizaciones preceptivas en el momento en que se aprobó el deslinde.
De hecho, este es el año; 2007, desde el que se comienza a contar en caso de que Costas termine dando la razón a la que fuera directiva de Zara Home para disfrutar de este privilegio durante tres décadas más.
Entre la documentación que el Ayuntamiento ha facilitado, los datos que salen no hacen sino poner en apuros a Cárdenas en tanto en cuanto la posibilidad de que se derribe el muro de más de 200 metros cuadrados que separa la casa del arenal. A partir de aquí, el consistorio del municipio contempla seriamente la posibilidad de que la construcción no estuviera incluida en la licencia “ni en ninguna de las que localizadas en el archivo municipal”.
Por ello, Moaña instó al Servicio Provincial de Costas a recuperar este enclave de servidumbre de paso en beneficio del interés público y que pueda sumar esta franja a la zona del mirador de O Fiunchal, al que no se puede acceder debido, precisamente, al muro. Cabe destacar que este mirador debería haber sido reparado para uso y disfrute de los vecinos de la localidad, pero que se encuentra en stand by, todavía a día de hoy, de manera que la zona -de la playa al lado del mirador- se encuentra precintada y su paso prohibido.
El Concello remitió otro escrito que vendría a complementar el archivo municipal en el que se advierte que una de las licencias se solicitó para el levantamiento de una piscina, cuando Feijóo era presidente de la Xunta de Galicia, y para el muro epicentro de la polémica, pero que finalmente solamente de otorgó licencia para la ejecución de la piscina debido a la renuncia de la promotora al otro elemento.
Alegaciones del Concello de Moaña
El ayuntamiento del municipio de Pontevedra ha presentado finalmente alegaciones -el plazo para ello finaliza el próximo 11 de marzo- contra la casa de la esposa del presidente del PP interponiendo la necesidad de una actuación estructural urente por parte del Ministerio para la Transición Ecológica al entender como “fundamental” que “prevalezca la recuperación posesoria del dominio público en toda esta franja, pudiendo sumar los 210 metros cuadrados que se encuentran dentro del muro de contención que actúa como cierre de la parcela”.
El consistorio indica que “debido a la disposición en cantil del terreno, con la marea llena en la zona norte de la playa de O Con y en la zona de rocas que la rodean cara al oeste de la misma solo se puede acceder por mar debido a la existencia de dicha estructura”. Se trata, señala el Concello, de un área de por sí “clasificada de muy difícil acceso en caso de necesidad de rescate”.
La vigente Ley de Costas establece artículos que podrían dificultar la continuidad de parte del chalet de Cárdenas. El texto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece en su artículo 25 que “en la zona de servidumbre de protección estarán prohibidas las edificaciones destinadas a residencia o habitación” y en la disposición transitoria cuarta que “las obras e instalaciones construidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, sin la autorización o concesión exigible con arreglo a la legislación de costas entonces vigente, serán demolidas cuando no proceda su legalización por razones de interés público”.
Versión de Eva Cárdenas
De acuerdo con lo solicitado por el representante legal de Eva Cárdenas, se recoge su versión y se parafrasea lo que piden que se publique como rectificación:
"Que la llamada (por su principal detractor) "mansión ilegal" no ha sido declarada así ni por sentencia judicial firme ni por resolución administrativa, ni consta incoado ningún procedimiento judicial al respecto; que su construcción es anterior a su adquisición por parte de Dña Eva Cárdenas Botas, cumple con la normativa que le es de aplicación, que el muro no ha sido edificado por Dña Eva Cárdenas, que se ha limitado a la conservación del mismo; que la dificultad del acceso a la playa no le es imputable a Dña Eva Cárdenas, sino a los dos tramos rocosos que hay a su lado y que no es una "playa privada" y que el cartel que prohíbe el paso y las boyas han sido instaladas por Costas por el mal estado del muro".