En dicho decreto ley, se contempla  que las cajas de ahorros dispondrán de tres meses para adaptar sus  estatutos y reglamentos y, a su vez, la adaptación de la asamblea  general y de los demás órganos de las entidades a las normas  contenidas en este decreto ley se realizará dentro de los dos meses  siguientes al de la aprobación de los estatutos y reglamentos de las  cajas, salvo en el caso de las entidades que en la fecha de entrada  en vigor del decreto ley se encuentren ene el período transitorio  tras un fusión, las cuales llevarán a cabo la adaptación de sus  órganos en la renovación parcial que corresponda efectuar tras la  finalización del período transitorio.

Reduce la representación pública y limita las retribuciones
Esta reforma de la norma reduce la representación pública,  refuerza la capitalización y limita las retribuciones de los  directivos de las cajas, que no podrán superar en ningún caso el  sueldo del presidente de la Junta, mientras que en los bancos no se  establece limitación, al no tener competencias la comunidad  autónoma.

También refuerza la profesionalidad
La nueva norma también refuerza la profesionalización de la  gestión al establecer la imposibilidad de simultanear un puesto en  los órganos de gobierno de las entidades con un cargo político electo  o un alto cargo en la Administración, para lo que se establece un  plazo máximo de tres años.

La Junta propondrá que se tramite como proyecto de ley
La Junta propondrá a los grupos parlamentarios para que se tramite  como proyecto de ley en el Parlamento andaluz, donde espera las  aportaciones de los partidos políticos. El decreto ley andaluz regula las figuras de Sistemas  Institucionales de Protección (SIP); el ejercicio indirecto de la  actividad de las cajas a través de bancos, y la transformación en  fundaciones que gestionen la obra social.

Los plazos máximos de notificación entre tres y seis meses
Estos modelos deberán acordarse por una mayoría reforzada, de dos  tercios, en asamblea general. En el caso de las dos primeras opciones  (SIP y bancos), la autorización corresponde a la Consejería de  Economía, siendo los plazos máximos de notificación de la  autorización de tres y seis meses, respectivamente, mientras que la  tercera será autorizada por el Consejo de Gobierno, en un período  máximo de seis meses desde la presentación de la solicitud.

Además, en el caso de los SIP, la caja presentará trimestralmente  ante la Consejería una memoria relativa a las actividades llevadas a  cabo para la ejecución del contrato de integración.

La norma contempla la obligación de reinventir en obra social
En el caso de ejercicio indirecto de la actividad financiera  mediante un banco, para las cajas foráneas que operan en el  territorio mediante un SIP o banco, la norma contempla la obligación  de reinvertir en obra social en Andalucía en proporción con los  recursos captados o depósitos en la Comunidad.

En el caso de que la caja decidiera transformarse en una fundación  de carácter especial, la obra social de esa fundación se someterá a  la Ley de Cajas y la Consejería de Economía ejercerá el protectorado  sobre esa fundación. Además la fundación deberá tener un patronato  con un máximo de 20 miembros, al que se unirá un representante de la  Consejería de Economía, con voz y sin voto. Economía podrá además  establecer reglas sobre el funcionamiento de dicho patronato.

Los representantes originarios podrán formar parte del primer patronato
Este patronato deberá reflejar en su composición la misma  proporcionalidad de grupos públicos y privados que figuraban en los  órganos de gobierno de la caja transformada. Los representantes  originarios podrán formar parte del primer patronato de la nueva  fundación y permanecer en el cargo por el tiempo que les reste hasta  la finalización de sus mandatos.

Emitir cuotas participativas
Un elemento recogido es la posibilidad de emitir cuotas  participativas en los órganos de gobierno, donde el decreto ley  introduce como novedad la concesión de derechos políticos a sus  titulares, que requerirá de la autorización de la Junta.


Incorpora un representante de la Junta
Respecto a la profesionalización en el gobierno y la gestión, la  norma autonómica contempla la desaparición del representante de la  Consejería de Economía en la comisión de control, incorpora un  representante de la Junta en la comisión electoral y también que haya  dos de Economía en la comisión de obra social, con voz pero sin voto.

Presencia equilibrada de hombres y mujeres
La nueva norma introduce el principio de presencia equilibrada de  hombres y mujeres en los órganos de gobierno. Asimismo, se deberán  remitirse a la Junta los informes de gobierno corporativo de las  cajas, pero también el informe de remuneraciones del consejo de  administración y comisión de control.

Incompatibilidades
Por otro lado, las incompatibilidades se refieren a la  imposibilidad de estar en los órganos de gobierno con un cargo  político electo o un alto cargo en la Administración, para cuyo  cumplimiento se establece un plazo máximo legal de tres años.