Denuncian una violación en el seno del Ejército. Así lo dicta la sentencia del Tribunal Supremo que condena a un cadete de la Academia Militar General de Zaragoza a tres años de prisión tras forzar a otra alumna durante un trío en 2021. Las pruebas que recoge el fallo del alto tribunal, que publica este lunes El Confidencial, demuestran que la víctima dijo al menos tres veces que no a tener sexo con el condenado, con quien mantenía una relación sentimental, y con otro cadete, que ha salido absuelto. La denunciante recurrió la sentencia, pero ha sido rechazado.

El texto de la sentencia, describe que la cadete “permaneció paralizada, bloqueada e inerme sin llevar a cabo reacción alguna”. La pareja había acordado realizar “un trío” en las duchas de la Academia con el tercer implicado. Sin embargo, la víctima se negó cuándo el acto sexual iba a tener lugar, a lo que los otros hicieron caso omiso y la forzaron. Las compañeras de la víctima declaran que “pasaba las noches llorando” tras la agresión. La sentencia describe la sucesión de hechos que llevaron a la violación en abril de 2021.

La víctima mantenía una relación con uno de los cadetes que la violaron

Los tres implicados eran alumnos de primer año en la Academia Militar General del Ejército en Zaragoza. La denunciante y el condenado mantenían una relación sentimental, y él le propuso hacer “un trío” con el otro compañero. La víctima accedió tras una videollamada con los dos, la cual fue escuchada por otros cadetes varones, que declaran que escucharon expresiones como “vais a flipar” u “os voy a dejar secos” por parte de la mujer. Un día antes del día acordado para el encuentro sexual, la cadete práctico sexo oral con los dos acusados en la habitación que compartían con más alumnos.

La fecha acordada para el trío era el 11 de abril de 2021 en un hotel de Zaragoza. Ese día, el cadete absuelto no se presentó a la cita “por motivos académicos”, por lo que el encuentro fue pospuesto a once días después. Los dos acusados insistieron a la víctima para culminar lo que tenían pendiente, a lo que ella fue a la camareta donde se encontraban ambos junto con otros seis cadetes. Todos los presentes sabían para que había ido allí la joven y, según la sentencia, los varones empezaron a proferir comentarios vejatorios hacia ella: “Si viene el alférez, te metes debajo de la mesa y me haces un trabajillo”, dijo uno de ellos. El ambiente hostil fue la causa de que la cadete “tomara la determinación de no mantener esa noche relación sexual de ningún tipo”.

De hecho, antes de acudir a la habitación, la víctima le dijo a una compañera que no tenía muchas ganas de realizar el trío. La sentencia recoge algunos mensajes de WhatsApp: “Tía, qué vergüenza, lo estoy pasando fatal, se están riendo de mí un poco”. La cadete le dijo a su pareja que se quería ir de allí, pero él hizo caso omiso, la tomó del brazo, y se la llevó a las duchas de la academia “sin necesidad de emplear fuerza alguna”. Allí, comenzó la agresión sexual.

"Entró en un estado de bloqueo"

Tras quedarse a solas con su pareja, la víctima le dijo hasta en tres ocasiones que no quería hacer nada esa noche. Él le insistió para que hiciese lo que había prometido, cuando apareció el tercer implicado, que cerró la puerta y apagó la luz. Entonces fue cuando, según la sentencia, “la cadete entró en un estado de bloqueo y desconcierto que imposibilitó ningún tipo de reacción, adoptando una actitud de sometimiento y pasividad y abstrayéndose de todo lo que sucedía a su alrededor”. Mientras, los dos cadetes la penetraron vaginalmente.

La sentencia añade que, tras el suceso, la víctima “fue consciente de lo que le había sucedido, se echó a llorar y no durmió en toda la noche”. La reacción posterior al fuerte trauma sufrido causó que se pasara “las noches llorando”, como declaran compañeras suyas, que notaron un cambio en su forma de comportarse en el día a día. Ellas fueron las que la animaron a que contara a sus superiores lo ocurrido. En los mensajes telefónicos puestos a disposición del Tribunal Supremo, consta que ella le reprochó lo ocurrido al condenado: “Me tomasteis por una puta, me tratasteis como tal (...) Delante de los de la camareta y luego en la ducha”. El cadete se excusó en que ella parecía estar bien tras la violación: “Dijiste que a él le ponías un nueve y a mí me diste un beso”.

El Supremo absuelve a uno de los dos acusados de violación

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha elegido creer a la víctima, pero solo condena a uno de los dos implicados. “A la vista de las relaciones existentes” entre el condenado y la denunciante, “nada lleva a considerar la existencia de posibles móviles negativos de resentimiento, odio o venganza, que debilitase la credibilidad de la versión acusatoria”, dice la sentencia. El cadete ha sido condenado por partida doble por abuso sexual. La primera condena de cuatro meses de prisión es por un delito contra los derechos fundamentales de los militares, recogido en el Código Penal Militar. Por otro lado, se le sentencia a dos años y ocho meses de cárcel en virtud del artículo 181.4 del Código Penal civil.

“De los hechos probados se desprende la ausencia de consentimiento por parte de la cadete para mantener relaciones sexuales al manifestarle expresamente su oposición, aunque ello no le impidiera continuar con su propósito”. La sentencia del alto tribunal podría ser mayor, pero se han tenido en cuenta dos atenuantes. El primero por reparación del daño, ya que el condenado fue obligado a indemnizar a la víctima en la sentencia de primera instancia. El cadete abonó los 15.000 euros sin esperar al juicio del Supremo. El segundo atenuante ha sido la confesión del delito que los dos cadetes hicieron a sus superiores. Los acusados contaron lo sucedido, admitiendo ya entonces que las relaciones sexuales “podían no ser consentidas”.

La sentencia, sin embargo, dejó absuelto al tercer cadete implicado en la violación, algo que la víctima considera que “no es razonable”. Con la ayuda del fiscal, la joven recurrió el fallo del Supremo, que argumenta que hay dudas de si la víctima dijo que no al segundo acusado a mantener relaciones de manera expresa. El abogado de los dos cadetes, Antonio Suárez-Valdés, se acogió al principio de ‘in dubio pro reo’, que dictamina que, si existen dudas, no se puede condenar a la persona. El Supremo avala los argumentos de la sentencia de primera instancia, de noviembre de 2023, la cual absolvió al segundo acusado. El letrado de ambos sostiene que esto se pudo lograr “al no haberse podido acreditar que conociera de ningún modo la negativa de la mujer a mantener dichas relaciones”.