La Audiencia de Madrid ha desestimado el recurso de apelación presentado por los nietos de Franco contra Mediaset y los periodistas que trabajaron en un reportaje sobre la herencia del dictador, emitido el 23 de julio de 2018 en el programa En el punto de mira, de Cuatro.

En su auto, fechado el pasado 30 de diciembre, la sección segunda del tribunal provincial avala la sentencia del Juzgado de Instrucción número 39 de Madrid, que decretó el sobreseimiento provisional de la querella de seis de los hermanos Martínez-Bordiú. De esta manera, queda cerrada la vía penal, sin posibilidad de recurso, de las supuestas calumnias que según la familia se decían en el reportaje La herencia de Franco sobre los orígenes del patrimonio familiar.

Libertad de expresión y de información

La Audiencia Provincial apelan al artículo 20.1 de la Constitución, el que que protege el derecho a “expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”. En el auto, adelantado por El País, se defiende que la libertad de expresión o de información “amparan o propician no ya la emisión de determinados juicios personales y subjetivos, creencias, pensamientos y opiniones como las que se recogen en el reportaje denunciado, sino la narración de determinados hechos que contiene aquel”.

Para el tribunal provincial, "el examen de los hechos instruidos arroja necesariamente una suerte de encuadre de periodismo de denuncia” y “resulta criterio asentado por el Tribunal Supremo que las libertades de expresión y/o información comprenden la crítica de la conducta de otro, aun cuando sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a aquel contra quien se dirige”.

No se injurió ni calumnió a los nietos de Franco

La querella se dirigía contra Mediaset y contra los directores del programa, Juan Serrano y Lorena Correa, además de contra los reporteros Pablo de Miguel, Juan Carlos González y Carla Sanz. También contra expertos en el patrimonio de los Franco, como el investigador Carlos Babío y los periodistas Mariano Sánchez Soler -autor de La Familia Franco, SA y de Los ricos de Franco- Javier Otero Badá, que sacó a la luz documentación bancaria del dictador, y Jimmy Jiménez-Arnau (exmarido de María del Mar, Merry Martínez-Bordiú, nieta de Franco y una de las querellantes).

La Audiencia de Madrid confirma la sentencia del juzgado de que “gran parte del contenido” del programa objeto de querella se centraba “en la persona de Francisco Franco y no en los querellantes”. La mayor de los comentarios de los intervinientes en el programa no estaban referidos “a los ahora querellantes, sino a otras personas ya fallecidas” y otras expresiones, referidas directamente a los nietos del dictador, no tenían “la entidad suficiente para ser constitutivas de los delitos de injurias y calumnias”.