Dos siglos después, el Gobierno ha resuelto un conflicto que se había atascado sobremanera. Desde ahora, el mapa de Castilla-La Mancha será un poco más pequeño, justo en el límite entre las provincias de Teruel y Cuenca. El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática ha zanjado el histórico enfrentamiento administrativo que dirime la ciudad castellanomanchega con el municipio turolense de Albarracín a costa de los límites del monte El Entredicho. Este terreno delimita las lindes del pueblo, pero también de dos comunidades autónomas y su resolución concede 2.000 hectáreas de terreno más a la localidad y, por ende, a Aragón.

Siglos de batalla legal

Este conflicto hunde sus raíces en la recta final del siglo XIX. Desde entonces, hay constancias de actas de disconformidad entre Cuenca y Albarracín, que han provocado un contencioso extensísimo por hacerse con la titularidad de esas 2.000 hectáreas marca el monte El Entredicho entre sendos territorios. La localidad turolense inició el conflicto con las autoridades locales de Cuenca para exigir el desplazamiento de esa línea del mapa para que todo el monte al completo pasara a formar parte de ellos y, por ende, de Teruel y Aragón.

Sin embargo, las instituciones conquenses plantearon batalla desde el primer momento, defendiendo el cauce del Tajo como su frontera natural. Y es que el río es el que históricamente ha delimitado la frontera entre sendas provincias. Hasta ahora, tras años de litigios. Incluso la propia Constitución Española obvió el conflicto, dejando vigente la frontera delimitada por el Tajo.

En estos dos siglos de batalla legal, se han alcanzado algunos acuerdos entre las partes en lo que respecta a la delimitación entre ambos municipios, pero siempre ha pervivido el conflicto superior, que no es sino el del monte El Entredicho. Ahora ya hay una resolución, que ha llegado por el cauce administrativo. Moncloa decidió actuar y dejó en manos del Instituto Geográfico Nacional (IGN), dependiente del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, la decisión final. Se llegó a este límite en abril de 2022, tras un nuevo desacuerdo entre los dos interesados.

Fue entonces cuando el Ayuntamiento conquense defendió que el “fenómeno físico” que debía marcar la división fuera el “accidente geográfico más importante de la zona”. En otras palabras, el nacimiento del río Tajo. Frente a esta argumentación, Albarracín exigió que se priorizara la propiedad y la gestión del monte en cuestión, cuyas competencias están en manos del municipio turolense desde el siglo XIX. Unas posiciones que se han mantenido acastilladas hasta la fecha.

La resolución del conflicto

El organismo dio la razón a Albarracín y el Ministerio de Política Territorial ha validado el informe. Así, en una resolución publicada esta misma semana en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se refleja que la frontera entre los municipios es la reconocida por el IGN en su informe del 19 de enero de 2024, avalada asimismo por el Consejo de Estado, que dio su visto bueno el pasado 18 de julio. Según expone el departamento que dirige Ángel Víctor Torres, al no existir visos de acuerdo entre las partes afectadas, impera la jurisprudencia del Tribunal Supremo en cuestiones fronterizas. En este caso, siempre han prevalecido “los deslindes anteriores consentidos”.

“Cuando no existen deslindes anteriores en que apoyar una solución al trazado de la línea discutida, habrá que atender a los actos reveladores del ejercicio de potestades administrativas en la zona convertida”, precisan. Ello implica que impera la razón sobre los argumentos históricos del municipio de Albarracín en clave de aprovechamiento y gestión de la zona. Desde el consistorio turolense, dominado por el Partido Aragonés (PAR), explicaron a eldiarioclm.es que el informe del IGN especificaba que la línea administrativa de división provincial debía coincidir con los montes de utilidad pública. “Debe ser la montaña”, precisó en su momento el regidor.

Por su parte, el Ayuntamiento de Cuenca siempre ha justificado su postura con arreglo a las resoluciones relativas a la aprobación de deslindes en Montes de Utilidad Pública, asegurando que no suponen de facto la delimitación de términos municipales. El Ejecutivo admite este argumentario, pero matiza que lo que está en liza ahora es determinar la línea entre dos municipios cuando “no existen actas anteriores y sí divergencias entre las partes afectadas”. “En estos casos es fundamental tener en cuenta la doctrina jurisprudencial, que ha sido uniforme a lo largo del tiempo”, concluyen.

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