FACUA ha pedido al Ayuntamiento de Córdoba que permita la entrada de comida y bebidas adquiridas en el exterior al concierto que la cantante Rosalía dará el próximo 15 de junio en la Plaza de Toros de la ciudad, durante la Noche Blanca del Flamenco. Este evento costará al Consistorio 217.800 euros.

Según explica la asociación de consumidores, la Noche Blanca del Flamenco adviderte en su web que "queda terminantemente prohibido el acceso al recinto del concierto con bebidas o comidas de cualquier tipo", y que ya ha remitido un escrito a la Delegación de Cultura y Patrimonio Histórico de Córdoba, que organiza el evento.

En su escrito, FACUA dice que "dado que la actividad principal de este evento es la celebración de conciertos y no la hostelería, se puede considerar abusivo prohibir el acceso al concierto con comida y bebida procedente del exterior, y más cuando en la web del propio festival se indica que 'el recinto tendrá su propio servicio de restauración'".

Una medida abusiva

FACUA recuerda que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera que no permitir la entrada con comida y bebida de fuera es una cláusula abusiva según el artículo 82.1, que establece como tales todas aquellas prácticas que causen "un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato". Asimismo, que la Comisión de Cooperación de Consumo estableció en su consulta número 5 del año 2000 que "las cláusulas en las que se impone al consumidor limitaciones en orden a la adquisición de los productos sin fundarse en circunstancias objetivas, deben ser consideradas abusivas".

El TSJ lo vio irrazonable

La asociación recupera también una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, sobre la prohibición de entrar a los cines con comida y bebida, que recoge que "resulta irrazonable entender la limitación de la capacidad de elección del consumidor" y que "si se limita la posibilidad de acceder a la sala en función de la procedencia de los productos y sólo se pueden consumir los adquiridos en su interior, resulta que de manera indirecta se está imponiendo que utilice servicios que en principio no ha solicitado pero que se ve forzado a pedir a la propia empresa".

Según subraya FACUA, la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) publicó en 2016 un informe, también relacionado con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una "cláusula abusiva" ya que el consumidor "se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida".

FACUA pide a los usuarios comunicar las prohibiciones

FACUA insta a los usuarios que accedan a este tipo de eventos, incluidos cines, en los que se prohíba el acceso con comida y bebidas, a comunicarlo a la asociación para hacer la denuncia contra las empresas que establezca tal norma. En lo que va de año ya son ocho eventos los denunciados por la asociación: el Interestelar Sevilla, el Tomavistas de Madrid, el Iruña Rock Festival, el Spring Festival de Alicante, el Palencia Sonora, el Festival de Les Arts de Valencia y el BBK Music Legends Fest de Vizcaya.