Cumplir con las normas de circulación es de vital importancia para garantizar la seguridad vial y proteger la vida de todos los usuarios de la carretera. Al acatarlas, contribuimos a crear un entorno vial más seguro y ordenado. Pero es que, además, el hecho de infringir dichas normas puede suponer el pago de cuantiosas multas a la DGT.

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Y ahora que nos encontramos en plena época estival, los desplazamientos aumentan considerablemente, ya que la mayoría de los españoles eligen estas fechas para irse de vacaciones. En consecuencia, es posible que la imposición de multas pueda aumentar considerablemente por este motivo. A fin de evitar esto, te contamos cuáles son las principales sanciones a fin de evitar sorpresas desagradables.

No se puede utilizar el móvil mientras se conduce

Utilizar el móvil al volante representa una de las mayores amenazas para la seguridad vial en la actualidad y puede suponer la pérdida de puntos y la imposición de una multa, según la gravedad de la infracción. Las principales son las siguientes:

  • Sujetar el móvil con la mano mientras se conduce, aunque no se esté utilizando: multa de 200 euros y pérdida de 6 puntos.
  • Pulsar algún botón del teléfono, aunque vaya en algún tipo de soporte: multa de 200 euros y pérdida de 3 puntos.
  • Utilizar auriculares o usar manualmente navegadores u otros sistemas de comunicación: multa de 200 euros y pérdida de 3 puntos.

Evitar este tipo de distracciones son importantes ya no solo por la multa sino porque al hacer esto aumenta significativamente el riesgo de sufrir un accidente. Por eso mismo, los dispositivos manos libres son una auténtica salvación, ya que nos permite atender llamadas urgentes mientras conducimos. Ahora bien, hay que tener en cuenta que, aunque esté permitido, no significa que se recomiende hablar por teléfono mientras se conduce; en efecto, los manos libres está pensando para atender llamadas rápidas, pero en ningún caso es recomendable atender conferencias muy largas.

No te distraigas al volante

El uso del teléfono móvil supone una de las principales distracciones al volante, pero no es la única. En general, se considera distracción al volante a cualquier acción que suponga una pérdida total de la visión o del control del vehículo. Se puedes considerar distracciones acciones tan cotidianas, y que aparentemente no resultan ningún peligro, como comer o dar un beso a tu pareja. Igualmente se considera distracciones pintarse los labios, mirar un mapa, beber agua mientras se conduce, etc. Todos estas acciones pueden ser sancionadas, según la gravedad, atendiendo a los siguientes criterios:

  • Acciones que impliquen pérdida del campo de visión o falta de atención: multa de hasta 200 euros.
  • Acciones que generen un evidente peligro para otros usuarios de la vía: multa de 500 euros y pérdida de 6 puntos.

Conducir a la velocidad adecuada

La velocidad máxima a la que puedes conducir dependerá del tipo de vía y del vehículo que conduzcas. Esto es algo que se aprende cuando acudes a la autoescuela, pero, como nunca viene mal recordarlo, te lo mostramos en la siguiente tabla:

En ese sentido, cualquier conductor que supere los límites de velocidad establecidos será sancionado con multas de entre 100 y 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos.

¿Conducir borracho es sanción administrativa o delito penal?

En la actualidad, la tasa de alcoholemia máxima permitida para conducir es la siguiente:

  • Conductores profesionales y conductores de menos de dos años de antigüedad: de 0,15 ml/l en aire espirado.
  • Para el resto de conductores: 0,25 miligramos por litro en aire espirado.

Superada dicha cantidad, el conductor será sancionado con al menos una multa de 500 euros y perderá cuatro puntos. Así mismo, si el conductor es reincidente, dentro del año siguiente tras haber sido sancionado por el mismo motivo, la multa pasará a ser de 1.000 euros.

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Ahora bien, cuando la tasa de alcoholemia en aire espirado superior a 0,60 miligramos puede ser castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses, con la de multa de 6 a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en todo caso, se le retirará el permiso de conducción entre 1 y 4 años.

También puedes ser castigado con prisión entre 6 meses y un año y se te puede retirar el carnet de vehículos a motor o ciclomotores entre uno y cuatro años por negarte a hacer la prueba de alcoholemia o de sustancias estupefacientes y drogas. Del mismo modo, también el conductor puede recibir una sanción adicional de 1.000 euros y pérdida de seis puntos por entorpecer la realización de este tipo de pruebas.

Conducir con el carné caducado o sin la ITV

Conducir con el carné caducado o con la ITV vencida están consideradas como sanciones graves y podrían suponer una multa de 200 euros. Más grave, y conlleva una multa de 500 euros, es conducir con la ITV negativa, y si te pillan podrían inmovilizar tu vehículo, lo que puede suponer al conductor tener que pagar una serie de gastos a la hora de retirar de nuevo su vehículo.