Con la idea de evitar que se produzcan atentados similares a los vividos ya en Niza, Berlín, Londres o este mismo viernes en Estocolmo, El Ayuntamiento de Madrid, liderado por Manuela Carmena, prohibirá circular a vehículos de más de 3.500 kilos en el distrito Centro los días de Semana Santa en los que se vayan a celebrar procesiones. Sólo quedarán exentos los autobuses de EMT, interurbanos o turísticos, unidades móviles de televisión o vehículos autorizados expresamente por la Policía.

Según ha informado el Ayuntamiento en un comunicado, habrá restricciones para vehículos de más de 3.500 kilos de masa máxima autorizada este domingo, día 9 (desde las 06.00 hasta las 02.00 horas del 10 de abril); el miércoles 12, el jueves 13 y el viernes 14 (en los tres días desde las 16.00 hasta las 06.00 horas del día siguiente); y el sábado 15 de abril (desde las 14.00 hasta las 23.00 horas).

Sanciones para los que no respeten la medida

La Policía Municipal y los Agentes de Movilidad impedirán la circulación a estos vehículos, aunque los que se encuentren dentro del distrito Centro bien estacionados y no circulen a esas horas no serán sancionados. No obstante, los agentes indicarán con suficiente antelación a los conductores y titulares de dichos vehículos la obligatoriedad de abandonar inmediatamente el perímetro de seguridad establecido.

En el caso de producirse cualquier tipo de resistencia o desobediencia al cumplimiento de dicho mandato, los conductores o sus acompañantes podrán incurrir en infracciones administrativas o ilícitos penales en su caso, de las que derivarían las pertinentes sanciones o medidas a aplicar conforme a la legislación vigente, advierte el Consistorio.

Con respecto a los vehículos que estuviesen dentro del perímetro de seguridad en los horarios y fechas establecidos, y de los que no fuere posible localizar al conductor o titular del vehículo, a criterio de los agentes actuantes se adoptarán las medidas de seguridad que se consideren oportunas en cada caso concreto.

Estas medidas no afectarán a autobuses de la EMT, turísticos (con licencia municipal e itinerario fijo) o interurbanos; tampoco a las unidades móviles de televisión; ni a vehículos que tengan autorización expresa de la Policía Municipal, autorizarán que deberá solicitarse antes de las 00.00 horas del 8 de abril, alegando una motivación fundada de "absoluta necesidad".