Derecho de rectificación en cumplimiento de la Ley Orgánica 2/1984 solicitado por Ibérica de Mantenimiento y cuatro más por la publicación de la noticia El escándalo del GEE: la investigación que hace reconocer a Ayuso su despilfarro sanitario:
Nota emitida por la parte demandante:
- Los millones de euros en contratos adjudicados al GEE, se han adjudicado conforme a la legislación vigente, en base a que las ofertas presentadas por este grupo de empresas han sido las mejores puntuadas en su relación calidad-precio.
- Las siglas GEE corresponden a nuestro grupo de empresas de capital 100% español, que ha resultado adjudicatario en procedimientos abiertos, públicos y de acuerdo con la legislación vigente de contratos de servicios de mantenimiento de equipamiento electro médico. Nunca se han emitido facturas falsas por la prestación de dichos servicios y no existe procedimiento, resolución o denuncia de ningún tipo en relación con facturación de este tipo.
- Las empresas que componen el GEE no monopolizan las adjudicaciones por los servicios de mantenimiento de los equipos de electromedicina en los hospitales creados por la expresidenta Esperanza Aguirre, por cuanto somos adjudicatarios de 3 hospitales de los 7 creados, lo cual supone un 42% de los mismos, no del 90% como afirman.
- No existe resolución judicial alguna que condene a la empresa ASIME SA, por falsa facturación. - La totalidad de las adjudicaciones realizadas a empresas de nuestro grupo se han realizado a través de procedimientos públicos y abiertos. La única salvedad fue el contrato de emergencia del Hospital de Emergencias Enfermera Isabel Zendal, que se adjudicó en el año 2020, en plena pandemia causada por el virus SARS-COV2 (Covid-19) por emergencia sobrevenida. Dicha forma de contratación tiene su amparo legal en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, como régimen excepcional, con causa en acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro, como supuso la pandemia. Este tipo de contratación sólo ha sido utilizado con nuestra empresa en esa ocasión y de acuerdo con el supuesto de hecho indicado por la legislación vigente.
- El término “entramado” lo están utilizando en un contexto negativo y con sentido peyorativo, sugiriendo una estructura compleja con actividades sospechosas, ilegales o poco éticas y que nuestro grupo empresarial está constituido y domiciliado en España y su actividad en la administración pública siempre ha cumplido con las obligaciones establecidas en la legislación vigente. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/cove mediante el siguiente código seguro de verificación: 1276516114792843784226 Juzgado de 1ª Instancia nº 87 de Madrid - Juicio Verbal (Derecho de rectificación - 250.1.9) 990/2025 3 de 18
- La adjudicación del contrato del Hospital de Emergencias Enfermera Isabel Zendal fue adjudicado por un procedimiento de emergencia, establecido y amparado en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la grave situación de emergencia sobrevenida provocada por el virus SarsCOV2 (Covid-19). Posteriormente, la Comunidad de Madrid, decidió adscribir el Hospital de Emergencias Isabel Zendal al Hospital Universitario La Paz mediante Resolución nº 682/2022, de 5 de octubre, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, manteniendo su estructura y autonomía funcional.
- No se ha iniciado ni notificado a nuestras empresas ningún procedimiento judicial sobre los hechos que incorrectamente relatan, ni existe prueba alguna de ello y que las prórrogas de los contratos adjudicados a empresa del Grupo Empresarial Electromédico (GEE) en ningún caso, han sido infinitas y todas ellas se han producido en el marco de la legislación vigente. A este respecto, las prórrogas nunca han sido opacas, sino públicas y transparentes.