El rey Felipe VI en su despacho - Casa Real



El sistema español de monarquía parlamentaria coloca a la figura del rey como institución básicamente representativa y cuyas decisiones deben ser siempre refrendadas, autorizadas, por un alto cargo del Estado elegido por los ciudadanos, como el presidente, los ministros o el presidente de las Cortes.

Pero tras las últimas elecciones, de las que ha nacido el Congreso más fragmentado de la democracia y sin mayorías claras para formar Gobierno, nos encontramos ante la única situación en la que la Constitución otorga al monarca una leve libertad de decisión, además de influencia directa.

Es el caso de su función recogida en el artículo 62.d de la Constitución por el que debe “proponer el candidato a presidente del Gobierno”. Según José Fernando Merino Merchán, letrado de las Cortes Generales, el monarca tiene libertad “absoluta” para llevar a cabo esta labor, aun que ésta se encuentra influida por la composición del Congreso. Teniendo esto en cuenta, el rey debe proponer candidato “previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria”, encuentros que Felipe VI realizará la semana próxima.

Pero en este caso, como ningún partido tiene mayoría absoluta, “el poder de propuesta del rey aparece con mayor margen de discrecionalidad”, aunque lo lógico es que se parta del candidato cuyo partido tenga mayores escaños en el Congreso.

Si estas propuestas fracasasen, se pasaría “a candidatos obtenidos por coalición” donde entraría en juego la capacidad de diálogo de los grupos políticos, que posiblemente intentaría animar el propio Felipe VI.