El Tribunal Constitucional celebra este lunes un Pleno extraordinario para abordar el recurso de amparo presentado por el Partido Popular en el que pide suspender la tramitación parlamentaria de dos enmiendas por las que se reforma el sistema de elección y llegada al propio Constitucional de los dos candidatos que corresponde nombrar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). No obstante, esta suspensión podría eludirse si los magistrados deciden debatir las recusaciones lanzadas por Unidas Podemos y si se tienen en cuenta los dos escritos que el PSOE ha presentado este domingo remarcando que parar la reforma “vulneraría el derecho de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes”.
Los once magistrados del Constitucional están citados a las 10:00 horas de este lunes para un Pleno extraordinario en el que se contempla en su orden del día la deliberación y votación sobre la admisión del recurso popular y las medidas cautelarísimas reclamadas por el partido para impedir que la reforma llegue al Senado y sea aprobada el próximo jueves.
Mientras los seis magistrados de la mayoría conservadora se inclinarían por dar vía libre a la suspensión de la tramitación parlamentaria, los cinco magistrados de la mayoría progresista no ven con buenos ojos la injerencia en el Poder Legislativo. Fuentes jurídicas señalan que el debate podría situarse en las recusaciones planteadas por Unidas Podemos contra el presidente del Constitucional, Pedro González-Trevijano, y el magistrado Antonio Narváez.
Al respecto, los morados consideran que tienen un “interés directo” porque serían los dos magistrados reemplazados por los dos aspirantes nominados por el Gobierno si la reforma queda aprobada. Y es que si González-Trevijano y Narváez no se apartan voluntariamente se abre un incidente de recusación que tiene un efecto suspensivo sobre el conjunto del procedimiento hasta que quede resuelto, para lo cual hay una tramitación concreta que contempla plazos de varios días, un paréntesis durante el que daría tiempo a que el Senado aprobara la proposición de ley.
Es por ello por lo que las recusaciones se han convertido en la principal baza para lograr que el Parlamento apruebe la reforma antes de que el Constitucional pueda evitarlo. No obstante, para que este escenario se dé tienen que darse dos condiciones: que el Pleno acceda a debatir la petición morada y que lo haga antes de analizar las medidas cautelarísimas.
El PSOE presenta dos escritos
Por su parte, el PSOE ha presentado este domingo dos escritos ante el Tribunal Constitucional para intentar frenar que este órgano admita el recurso de amparo que el Partido Popular registró el pasado viernes. Con los escritos, los socialistas alegan que parar la reforma vulnera los derechos de los ciudadanos, concretamente, remarcan que “vulneraría el derecho de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes”, según ha adelantado elDiario.es.
Además, insisten en que el Constitucional debe abordar las recusaciones de los dos magistrados cuyo mandato ha caducado, presentadas por el partido junto a Unidas Podemos, antes de decidir si acepta las medidas cautelarísimas planteadas por el PP.
El PSOE es rotundo con su posición: “La solicitud planteada por el Grupo Parlamentario Popular pretende soslayar la aplicación del principio de contradicción que resulta inherente tanto a los procedimientos legislativos como a los procesos judiciales”. “Mientras que las Cortes Generales han mantenido la normalidad reglamentaria en la tramitación legislativa objeto de recurso y han respetado los derechos de todas las formaciones políticas y los principios de contradicción, debate y transparencia, se busca que el Tribunal Constitucional emita un pronunciamiento ignorando estos pilares básicos del Estado democrático y de Derecho”, añaden.
Por todo ello, los socialistas señalan que en el caso de ser aceptada la suspensión de la tramitación, “se perturbaría el funcionamiento de las Cortes Generales y se violentarían los derechos de los parlamentarios garantizados por el artículo 23 de la Constitución”.