El crimen del pequeño Mateo, en la localidad de Mocejón, ha vuelto a abrir una vía, la de los bulos racistas, que empieza a ser demasiado habituales. Desde la extrema derecha se ha llegado incluso a arremeter contra el portavoz de la familia del pequeño, quien acabó rompiéndose en una entrevista en la cadena Cope. La pregunta que surge, ante lo salvaje de los ataques, y la impunidad con la que parecen campar estos bulólogos y trols de las redes sociales, es qué se puede hacer legalmente para erradicar este tipo de comportamientos. De momento, la Fiscalía ya ha tomado cartas en el asunto, pero… ¿Qué delitos podrían haber cometido quienes han vinculado el crimen con la inmigración? ¿Y los que han acosado y amenazado al portavoz de la familia?.
Precedentes
Penalmente no es un tema fácil. Así, la Audiencia de Barcelona condenó a un hombre por publicar fake news vinculando inmigración con delincuencia. Este hombre publicó publicaciones, entre otras barbaridades, mensajes como: “Aquí tenéis el vídeo de un MENA marroquí, a esos les vamos a dar la agüita hasta los 23 años, los niños de Pirata. Luego para más INRI la viola, estos energúmenos y estas manadas marroquíes no saldrán en los medios”.
La Audiencia lo condenó a 15 meses de prisión, multa de 9 meses con cuota diaria de 6 euros e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo o de tiempo libre por tiempo de 5 años superior a la pena impuesta. Pero lo que es más importante, el tribunal impuso al condenado clausurar sus perfiles en redes sociales con prohibición de abrir otros nuevos con contenidos discriminatorios.
Esta sentencia contrata con la de la Audiencia Provincial de Valencia, cuyos magistrados prefirieron sobreseer la causa abierta contra un perfil vinculado a Vox que acusaba a inmigrantes procedentes de Marruecos de ser los culpables de un abuso sexual ocurrido en la localidad de Riola, cuando los autores eran españoles. Según la Sala, esta manifestación racista se enmarcaba dentro de la libertad de expresión.
Los expertos
Por esto, ante la disparidad de criterios existente entre las diferentes audiencia provinciales la fiscal delegada de delitos de Odio de la Fiscalía Provincial de Valencia, Susana Gisbert, explica a ElPlural.com, que “la disparidad de criterios entre tribunales acerca de las fake news, es uno de los hándicaps con los que chocamos en nuestra labor diaria. Así, a las resoluciones que se han citado en este artículo, con carácter contradictorio, también podemos añadir la que este mismo año condenaba al responsable de las redes de España 2000 a 2 años y 8 meses de prisión por difundir la falsa noticia de que el colectivo LGTBI era el culpable del virus del mono, asunto que fue llevado por la sección de delito de odio de la fiscalía de Valencia”.
Con relación a los posibles delitos cometidos en el caso del pequeño Mateo, explica Gisbert que “tendríamos, de una parte, el delito de odio realizado por quienes desde sus cuentas de redes sociales -o desde pseudo medios de comunicación, en su caso- han emitido discursos que, sin tener ningún conocimiento de causa, vinculaban el terrible crimen cometido con la inmigración, motivando de ese modo una animadversión y sentimiento de odio contra un colectivo concreto, el de los inmigrantes. En este caso estaríamos, según el caso, o bien ante un discurso de odio (artículo 510.1) o ante u delito de odio por humillación o menosprecio de una persona o colectivo (artículo 510.2) por razones de xenofobia”.
Más delitos
“Además, en el caso de los inexplicables y repugnantes mensajes enviados al primo de la víctima, que ejercía de portavoz de la familia, los mismos habrían incurrido, por un lado del delito de amenazas, al que él mismo hace referencia en sus declaraciones y, además, podría plantearse la posibilidad que, respecto de él, se hubiera cometido también un delito de odio, no por el odio dirigido a él directamente como persona, sino porque se le dirigen esos mensajes por razón de xenofobia, por cuanto que está defendiendo al colectivo. En ese sentido se realizó la última reforma del Código Penal y ya se había manifestado en este sentido la Fiscalía General del Estado con anterioridad”, apostilla la fiscal.
Fiscal de Sala
“En referencia a las penas y a las medidas a adoptar, creo, como ha manifestado el fiscal de Sala que hay que explorar la vía de la imposición de pena de alejamiento de redes sociales, y también plantearse su imposición como medida cautelar, y que ello se haga como pena a imponer en casos, como estos, y no solo como una posibilidad legal que no siempre tiene cabida”, asevera Susana Gisbert con respecto a las declaraciones del fiscal de Sala,Miguel Ángel Aguilar.