Multar al propietario de un coche que ha cometido una infracción de tráfico sin saber si era él el que conducía en el momento concreto, ahora, es ilegal.

La Justicia da así un varapalo a la DGT sentenciando que no puede retirar puntos al titular del coche si no existen pruebas de que era él quien conducía. Así lo dice una sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid.

Hay que respetar la presunción de inocencia del propietario del coche y, por ello, no se puede multar o retirar puntos directamente sin confirmar antes la identidad del infractor. Puede darse el caso de que el propietario hubiera prestado el coche o que lo condujera en ese momento un familiar, amigo u otra persona.

Sanción administrativa por obstrucción

Eso sí, se podrá aplicar una sanción administrativa al propietario si al preguntarle se niega a dar la identidad del que verdaderamente iba en el asiento del conductor. La Justicia considera que se estaría cometiendo un delito de obstrucción.

De hecho, la legislación española implanta sanciones de 900 euros para los propietarios que no identifiquen a los conductores tras una infracción. Hay que aclarar que se trata de una sanción administrativa por obstrucción, por no colaborar, no una multa de tráfico.