Hasta 10.000 euros de multa por cada trabajador. Esta es la sanción que el Ministerio de Trabajo y Economía Social quiere imponer a las empresas que incumplan con la reducción de la jornada laboral. Así figura en el anteproyecto de ley sobre la reducción de la jornada laboral que la ministra, Yolanda Díaz, ha entregado a los agentes sociales No solo eso. El texto también recoge una reforma del registro horario que busca garantizar que las empresas cumplen con los límites legales de tiempo de trabajo.
A su vez, Díaz se va a reunir este lunes 24 de junio a las 12.00 horas en la sede del Ministerio. Según han comunicado desde la cartera, el objetivo de este encuentro es discutir con la patronal y los sindicatos el texto que recoge una de las que pretende ser de las medidas estrella del Gobierno de España. El Ejecutivo ha indicado en el anteproyecto que busca "seguir avanzando en la reducción de la duración de máxima de la jornada legal", al mismo tiempo que se toman en cuenta "las características de los distintos sectores de actividad, la evolución de la productividad y las circunstancias económicas".
Tal y como esgrimió el el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, el anteproyecto de ley no contempla compensar la rebaja de la jornada laboral ordinaria con el aumento de las horas extraordinarias. Este supone uno de los principales choques del Gobierno de España con la patronal, que exigía la subida del número de horas extra para llegar a un acuerdo sobre la reducción de jornada.
El anteproyecto de ley endurece las sanciones
El texto del anteproyecto de ley que plantea Trabajo supone un endurecimiento de las penas que habían en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social. Primero, porque sanciona a estas entidades por cada trabajador afectado y no en computo global. En segundo lugar, porque endurece las sanciones en todas sus escalas.
Así, las normas establecidas en esta materia y otras, tales como las horas extra o el trabajo nocturno, cuentan con multas de 1.000 a 2.000 euros en el caso de infracciones mínimas. En el caso de ser de grado medio, esta van desde los 2.001 a 5.000 euros en total. Las más graves se tipifican con sanciones de entre 5.001 y 10.000 euros euros.
Tal y como recoge el borrador de la reducción de jornada, se considerará la comisión de una infracción por cada trabajador afectado. Esto sería así tanto en el caso de la reducción de la jornada laboral como en el de registro de jornada. Es decir, cuando haya ausencia de registro, omisión de datos importantes o la inclusión de datos falsos o inexactos.
Un incremento proporcional en el salario: qué ocurre con los contratos a tiempo parcial
Tal y como ha argumentado la cartera de Trabajo, los trabajadores a tiempo parcial tendrán derecho a seguir realizando el mismo numero de horas que vienen realizando desde antes de la implementación de la medida y tendrán derecho a la subida proporcional de su salario, según proceda. De igual forma, los trabajadores podrán solicitar que se mantenga el porcentaje de parcialidad o de reducción de jornada que tenía previamente, aunque las solicitudes serán valoradas por las propias empresas.
En esa misma línea, el caso de que el número de horas que realizasen los trabajadores a jornada parcial superen o sean iguales a 38,5 horas en 2024 y 37,5 horas en 2025, estos pasarían a ser considerados trabajadores a jornada completa de forma automática.
Tal y como recoge el texto del anteproyecto de ley, seguirán siendo de aplicación transitoria los umbrales legales exigibles a las reducciones de jornada en el momento de su inicio y hasta que decaigan tales reducciones, con el límite absoluto del 31 de diciembre de 2025.
El registro horario pasará a ser digital y de acceso directo para la inspección
El texto que ha presentado Trabajo a los agentes sociales también incluye nuevas medidas respecto al registro horario de los trabajadores. Para garantizar que los límites legales se cumplen, el Ministerio quiere establecer un nuevo sistema digital y accesible de modo automático para trabajadores, sindicatos y la inspección. Asimismo, los dos últimos deberán poder acceder al registro en remoto y este conservará los datos durante cuatro años.
El anteproyecto de ley remite a un reglamento concreto que Trabajo prevé aprobar en un plazo de seis meses. La norma buscará el desarrollo de de los contenidos legales del registro y la concreción de que el funcionamiento de este se fijará mediante negociación colectiva o por acuerdo de empresa con previa consulta con los sindicatos. Asimismo, se considerará el tiempo de trabajo efectivo aquel transcurrido entre el inicio y finalización reflejados en el registro. El tiempo que exceda de la jornada laboral, por ende, se considerarán horas extraordinarias
Además, en el caso de incumplimiento de las obligaciones de registro, la carga de la prueba se les atribuirá a las propias empresas. De igual forma, en el caso de que esto se de en contratos de jornada parcial, se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba de los contrario.