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Despido objetivo

Despido objetivo y contrato por obra o servicio...

La empresa debe proceder a despedir objetivamente si rescinde un contrato temporal antes de finalizar la duración del mismo...

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En la empresa tengo un contrato temporal de 24 horas semanales, con fecha de inicio de 01/09/2015 y hasta fin de obra o servicio, aunque mi jornada real es de 36 horas semanales. Por motivos de bajas ventas, la empresa ha cerrado algunas tiendas. Me han dado 15 días de vacaciones y al inicio de las mismas, me han comunicado que cuando acaben, ya no vuelva al trabajo (el despido se ha comunicado mediante un watshapp). Personalmente, he acudido a la empresa para pedir mi carta de despido, indemnización correspondiente, salarios no abonados (mes de marzo y 15 días de abril que son las vacaciones)

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Hola

Si la empresa ha rescindido tu contrato de trabajo antes de la finalización del tiempo pactado, y ello, aunque sea temporal tu contrato, debe proceder mediante la figura del despido objetivo, con carta indicando la causa objetiva, ya económica u de otro tipo, poniendo a tu disposición la indemnización de 20 días y el saldo y finiquito. Si no lo ha hecho, debes reclamar por la vía de despido en el plazo de 20 días desde la notificación expresa o tácita del despido. En tu caso, si dices que te han concedido las vacaciones de forma expresa y a partir del transcurso de las mismas sería efectivo el despido o la indicación de que no volvieras a trabajar, computaría el plazo desde tal fecha.

En cuanto a la documentación para acudir al SEPE, la empresa lo único que te tiene que aportar es el certificado de empresa, si está en el sistema Red de la Seguridad Social, o sea, lo tiene informatizado. Si no fuera así, debería aportarte la documentación sobre las bases de cotización de los últimos 180 días. De todas formas, si no fuera así, y tu empresa no tuviera regularizado los datos o no te los aporta, te recomiendo que presentes una denuncia ante Inspección de Trabajo de tales irregularidades y la adjuntes a la solicitud de prestación por desempleo.

* Si quieres información más detallada sobre este tema, dirígete a cualquiera de nuestras sedes, localízalas aquí

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