El pasado mes de marzo, tras críticas y protestas desde el mundo de la cultura y por parte de la oposición, el Gobierno de Mariano Rajoy reculaba y aprobaba la reducción del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en la cultura.

Eso sí, sólo de los espectáculos en directos, por lo que la medida dejaba fuera el cine, uno de los sectores más afectados por la subida del IVA cultural al 21% y que más protestas públicas ha protagonizado al acumular pérdidas.

Desde este jueves, esa reducción entra en vigor. Ahora, las entradas de discotecas, conciertos, corridas de toros u otros espectáculos en directo tendrán un impuesto del 10%. Hasta ahora era del 21%.

Tras la aplicación de esta reducción, la Agencia Tributaria ha actualizado los tipos de IVA sobre todos los bienes y servicio:

Servicios

  • Servicios prestados por cualquier persona a productores de cine y organizadores de teatro - 21%
  • Entradas de cine -21%
  • Actividades Deportivas -21%
  • Servicios funerarios efectuados en cementerios -21%
  • Asistencia sanitaria y dental privada - 21%
  • Peluquerías - 21%
  • Radiodifusión y televisión digital - 21%
  • Transportes de viajeros - 10%
  • Hostelería - 10%
  • Espectáculos, discotecas, salas de fiesta - 10%
  • Servicios para explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas - 10%
  • Limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos - 10%
  • Recogida, almacenamiento, transporte, eliminación de residus - 10%
  • Entrada a teatros, espectáculos, conciertos, zoológicos, exposiciones, parques de atracciones y atracciones de feria - 10%
  • Fetejos taurinos y corridas de toros - 10%
  • Entrada a bibliotecas, archivos, centros de documentación, museos, galerías - 10%
  • Servicios de asistencia social - 10%
  • Espectáculos deportivos de carácter aficionado -10%
  • Exposiciones y ferias Comerciales - 10%
  • Alquileres con opción a compra - 10%
  • Cesión de los derechos de aprovechamiento de inmuebles - 10%
  • Obras en viviendas - 10%

Adquisición de bienes

  • Tabaco - 21%
  • Bebidas alchólicas - 21%
  • Cosméticos - 21%
  • Locales de negocio, edificaciones para demoler - 21%
  • Bienes de empresas funerarias - 21%
  • Vegetales y carne de animales (para consumo humano) - 10%
  • Bienes para actividades agrícolas, forestales o ganaderas - 10%
  • Agua - 10%
  • Medicamentos para uso animal - 10%
  • Productos farmacéuticos de uso directo (guatas, gasas, venda, gafas, lentillas..)         - 10%
  • Compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales - 10%
  • Viviendas y garajes - 10%
  • Productos de origen vegetal utilizados en la obtención de flores y plantas - 10%
  • Flores y plantas vivas de carácter ornamental - 10%
  • Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección - 10%

Bienes y servicios

  • Arrendamientos con opción de compra de viviendas de protección oficial - 4%
  • Huevos, frutas, verduras y hortalizas - 4%
  • Leche y quesos - 4%
  • Libros, periódicos y revistes - 4%
  • Material escolar - 4%
  • Medicamentos de uso humano - 4%
  • Pan común, harinas - 4%
  • Prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad - 4%
  • Reparación de los vehículos para personas con movilidad reducida - 4%
  • Teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche, y atención residencial - 4%
  • Vehículos para personas con movilidad reducida y las sillas de ruedas para su uso exclusivo - 4%
  • Viviendas de protección oficial o de promoción pública - 4%